Cuidado: las licencias CC son perpetuas

Soyuz mod
#1 por Soyuz el 17/07/2006
Recientemente he empezado a dar asesoría legal sobre derechos relacionados con las artes (pronto lo haré aquí gratuitamente), y me ha sorprendido el alto nivel de desconocimiento que hay sobre las licencias copyleft, incluso en lo más básico.

Me he topado con varios casos como este: "Tenía mis obras publicadas en Internet como copyleft, pero ahora he conseguido un contrato discográfico bueno, van a lanzar mi CD, y quiero pasarme a copyright". Toda esta gente esperaba una respuesta rápida ("haz otra licencia y ya está"), pero no es tan sencillo.

Para explicarlo, os pego aquí un extracto de un trabajo que hice:

Alguien escribió:
Al licenciar su obra como copyleft, el autor se reserva el derecho, en cualquier momento, de explotar la obra bajo otra licencia (ya sea CC o no) o, incluso, de retirarla, pero la licencia previamente otorgada siempre continuará vigente. Es decir, una vez otorgada la licencia, el autor queda vinculado a ella para siempre (sólo se prevé la resolución en caso de incumplimiento por parte de un usuario, y la resolución sólo será efectiva respecto de ese usuario). Esto se concreta, por ejemplo, en el siguiente párrafo de la licencia modelo que ofrece Creative Commons España:

“Las personas o entidades que hayan recibido obras derivadas, conjuntas o bases de datos de usted bajo esta licencia, sin embargo, no verán sus licencias finalizadas, siempre que tales personas o entidades se mantengan en el cumplimiento íntegro de esta licencia. Las secciones 1, 2, 5, 6, 7 y 8 permanecerán vigentes pese a cualquier finalización de esta licencia.” (7.a)

“Conforme a las condiciones y términos anteriores, la cesión de derechos de esta licencia es perpetua (durante toda la vigencia de los derechos de propiedad intelectual aplicables a la obra).” (7.b)

También es cierto que las licencias CC no tienen carácter de exclusiva y que, por tanto, el autor puede otorgar otras licencias sobre la misma obra con diferentes condiciones, pero las subsiguientes licencias (CC u otras) sólo se podrán otorgar en régimen de no exclusividad y, muy a menudo, lo que tiene valor en el mercado es precisamente la exclusividad.


No sólo esto. Las licencias CC abarcan todos los formatos, no sólo el streaming o descarga por Internet:

Alguien escribió:
Más allá de su gratuidad y exclusividad, otro factor de alcance de las licencias CC es el hecho de que cubren expresamente “todos los medios y formatos, tangibles o intangibles, conocidos o por conocer”. Las modalidades de explotación son transversales a los derechos de explotación y corresponden a los medios técnicos y a los mercados disponibles en cada momento. Por tanto, las licencias autorizan no sólo usos y actos de explotación en Internet, sino también en el mundo «real» (ediciones en papel, en CD y DVD, radiodifusión, etc.). Este punto es fundamental a la hora de decidir entre incluir o excluir la transformación y los usos comerciales. En España, a pesar de que en la licencia se diga «todos los medios y formatos [...] conocidos o por conocer», se entenderán incluidas sólo las modalidades de explotación conocidas cuando se publicó la obra, porque la ley española (art. 43 LPI) no permite la licencia de modalidades inexistentes o desconocidas al formalizarla.


En suma, las licencias CC son una alternativa estupenda para difundir música, pero hay que saber dónde se mete uno antes de soltar amarras.
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dreamtopia
#2 por dreamtopia el 17/07/2006
Muy interesante la información...
Entonces... ¿Existe alguna manera de empezar a difundir libremente tu música y en un momento dado pasarse al copyright...?
Lo único que se me ocurre es registrar los temas en un Registro de la Propiedad Intelectual, por lo menos para tener protegida la autoría de tu obra, hasta decidir a que licencia acogerse. No se si estoy equivocado o existe alguna alternativa mejor en este caso.
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undercore
#3 por undercore el 17/07/2006
No veo el problema, a ver, una discografica no puede comerciar con obras musicales que esten bajo CC y no bajo Copyright??? porque si la respuesta es no porque el autor da a elegir al consumidor si la compra o no me parece un poco de risa porque...es lo que pasa hoy por hoy no??, la gente puede elegir si comprar o descargar un tema o un album...y todo dentro de la legalidad...creo recordar que el "famoso" abogado saco un libro en los 2 "modalidades"...en el libro de toda la vida que tienes que comprar en la libreria o la version PDF.
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Soyuz mod
#4 por Soyuz el 17/07/2006
Por poder puede comerciar undercore (si las licencias lo permiten), pero no tendría la exclusividad. Vamos, que cualquier otra dicográfica podria coger los temas publicados por la primera, y republicarlos sin dar cuentas a nadie. Y eso, como comprenderás, lo hacen muy pocas casas de discos. La casa de discos, si te contrata, va a pedirte siempre la exclusiva. Si no, podría darse el caso de que inviertan pasta en ti, te promocionen, y otras casas de discos chupen rueda.
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undercore
#5 por undercore el 17/07/2006
Soyuz escribió:
Por poder puede comerciar undercore (si las licencias lo permiten), pero no tendría la exclusividad. Vamos, que cualquier otra dicográfica podria coger los temas publicados por la primera, y republicarlos sin dar cuentas a nadie. Y eso, como comprenderás, lo hacen muy pocas casas de discos. La casa de discos, si te contrata, va a pedirte siempre la exclusiva. Si no, podría darse el caso de que inviertan pasta en ti, te promocionen, y otras casas de discos chupen rueda.


vaya intereante...de todas formas se podria hacer algun tipo de cambio en la CC o en cualquier otra licencia...algo asi como que "desde que una obra con licencia X sea publicada, la empresa publicadora de la misma adequirira los derechos de explotacion"...o algo asi, por lo menos que permitan el libre trafico entre individuos pero que prohiba comercializar con la obra...algo asi como el articulo sobre "copia privada".
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void
#6 por void el 17/07/2006
Entonces el cd hispasonico simplemente por subirlo a hispasonic para que la gente lo juzque no va a poder venderse para sacar los beneficios a una ong por que nos pueden copiar? no lo capto :-s
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Soyuz mod
#7 por Soyuz el 17/07/2006
undercore escribió:
de todas formas se podria hacer algun tipo de cambio en la CC o en cualquier otra licencia...algo asi como que "desde que una obra con licencia X sea publicada, la empresa publicadora de la misma adequirira los derechos de explotacion"...o algo asi, por lo menos que permitan el libre trafico entre individuos pero que prohiba comercializar con la obra...algo asi como el articulo sobre "copia privada".


No, las cosas no se hacen así legalmente. No puedes dar a una persona una licencia universal que le permita distribuir libremente tu música, y luego revocársela unilateralmente cuando te convenga. Las personas que han recibido tu música como copyleft, pueden utilizarla como copyleft a perpetuidad (mientras duren los derechos de autor). Tu podrás licenciarla como copyright a otra gente, pero eso no afecta a quienes la recibieron como copyleft, que siempre podrán usarla dentro de los términos de la licencia CC que les hayas otorgado (y que siempre son muy amplios).
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Soyuz mod
#8 por Soyuz el 17/07/2006
void escribió:
Entonces el cd hispasonico simplemente por subirlo a hispasonic para que la gente lo juzque no va a poder venderse para sacar los beneficios a una ong por que nos pueden copiar? no lo capto :-s


Claro que se puede vender, pero si licencias los temas como copyleft, los efectos serán los que he dicho más arriba. No tendréis la exclusividad de ese CD; cualquiera podrá coger los temas y republicarlos. Pero claro, de eso van las licencias CC, precisamente.
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undercore
#9 por undercore el 17/07/2006
no no, no digo exactamente cambiar el CC sino:

a.- crear otra licencia que contenga lo escrito mas arriba
b.- crear dentro de CC una modalidad que contemple lo escrito arriba

supongo que ambas no deben ser muy complicadas no?

por cierto soyuz, una compañia discografica puede coger temas con licencia copyleft y publicarlos sin pedir permiso?
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carlosues
#10 por carlosues el 17/07/2006
Alguien escribió:
por cierto soyuz, una compañia discografica puede coger temas con licencia copyleft y publicarlos sin pedir permiso?


My Space de la manita de Universal ya lo ha hecho con temas colgados en su web por los propios artistas, de hecho Artic Monkeys se salvaron por los pelos.... :roll:
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Soyuz mod
#11 por Soyuz el 17/07/2006
undercore escribió:
no no, no digo exactamente cambiar el CC sino:

a.- crear otra licencia que contenga lo escrito mas arriba
b.- crear dentro de CC una modalidad que contemple lo escrito arriba


No puedes atribuir la exclusividad de los derechos de explotación a alguien cuando previamente los has liberado para todo el mundo; los que recibieron tu obra como copyleft no se ven afectados por eso.

Y no tiene sentido crear una licencia CC exclusiva, porque... ya no sería una licencia CC.

Alguien escribió:
por cierto soyuz, una compañia discografica puede coger temas con licencia copyleft y publicarlos sin pedir permiso?


Si ya digo que hay cierto despiste con todo esto... si publicas tu obra con una licencia que implica la libre distribución por parte de cualquiera (CC), ¿por qué no va a publicarla una discográfica? Únicamente puedes evitar que se publique en un CD comercial si utilizas una licencia CC no comercial.
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Jaume
#12 por Jaume el 17/07/2006
void escribió:
Entonces el cd hispasonico simplemente por subirlo a hispasonic para que la gente lo juzque no va a poder venderse para sacar los beneficios a una ong por que nos pueden copiar? no lo capto :-s


Con esos temas, Void, no hay ningún problema porque no están licenciados. El hecho de haber subido algunos a críticas (supongo que te refieres a eso) no implica ni copyright ni copyleft ni copynada.
De momento, claro.

PD. Cuando alguno de los grupos virtuales sube un tema a críticas, sabe que corre el riesgo de ser copiado, pero al menos en cuanto a mí concierne, dudo que nadie venga a copiar nada de unos temas que no están ni mezclados, ni masterizados, ni definitivamente grabados. Aunque el riesgo siempre existe, claro :?
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B
#13 por B el 17/07/2006
Soyuz, todo lo que dices es perfectamente lógico y si que lo había pensado varias veces.

Pero dime, un supuesto, no es que sea mi intención :twisted: , pero si yo por ejemplo tengo varias canciones con CC en una web y con el tiempo grabo con una discográfica o no, pero quiero copyright, y borro esa web o simplemente quito el logotipo de CC, como puede demostrar alguién que la está distribuyendo o que se la bajo que tenía libre permiso para hacerlo, porque que yo sepa (y pegadme una colleja si no es así) la licencia CC es simplemente ponerle un logotipo correspondiente y el enlace informativo sobre lo que debe o no hacer según el tipo, al lado de tu canción o en la web y decir que es CC. No hay formularios ni registros tipo propiedad intelectual. :shock:
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texvo
#14 por texvo el 17/07/2006
hola:

vamos a ver, las licencias CC son de dificil explotacion por la multinacionales o editoras, vamos que es muy dificil que se comercialice con musica CC, esn realidad casi se han hecho para ello.

yo por ejmplo en mi licencia CC diria que nadi puede comercializar mi musica, distribuirla si, pero no cobrar.. digo.

pero si una multinacional esta interesada en su distribucion con cobro, seeria normal que la licencia fuese estandart.. y podria darsela con exclusividad. o sea que solo ella pueda cobrar por la distribucion y venta.


pero esta claro que la licencia CC estaria vigente y mi musica podria ir de mano en mano gratis.

el quid estaria en encontrar una editora que comercialice una musica que circula ya gratis....

pero bueno, podria ser.
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undercore
#15 por undercore el 17/07/2006
Soyuz escribió:
[
No puedes atribuir la exclusividad de los derechos de explotación a alguien cuando previamente los has liberado para todo el mundo; los que recibieron tu obra como copyleft no se ven afectados por eso.

Y no tiene sentido crear una licencia CC exclusiva, porque... ya no sería una licencia CC.


Hombre, lo que yo creo que podria ser interesante es que exista una licencia que permita a los oyentes poder tener la obra para disfrute personal y limitar la explotacion al autor, de tal forma que puedes firmar un contrato con una discografica y que ésta tenga la exclusividad...no se lo veo mas interesante a una licencia que permita a cualquiera hacer pasta con tu obra.
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