Registro de canciones

Suvur
#31 por Suvur el 30/05/2016
Australia escribió:
Lo ideal es usar siempre RPI. ¡Y no cuesta tanto!

Eso de que no cuesta tanto...
La última vez me costó 12 € por tema sin contar con que debo desplazarme a Barcelona y su consiguiente coste a pagar la tasa (porque de manera absurda eso es algo que no se puede hacer telemáticamente en Catalunya).
No hace demasiados tres o cuatro años, registrar un tema eran algo más de 4 €, así que la tasa se ha disparado "un poco".
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Australia mod
#32 por Australia el 30/05/2016
#30
:birras:
O dos de éstas
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Australia mod
#33 por Australia el 30/05/2016
#31
Me parece recordar que en la Comunidad de Madrid siempre ha sido más caro, desde luego mucho más de esos 4 €. Sí que en la CM se puede hacer telemáticamente. De todas formas recuerda que esto es un procedimiento administrativo y por tanto tienes derecho a presentarlo por cualquiera de las vías admitidas en la Ley 30/1992, artículo 38, punto 4: registros de cualquier órgano administrativo de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, Diputaciones Provinciales... y en oficinas de Correos. Esta ley seguirá vigente hasta octubre de este año, pero la nueva (Ley 39/2015) mantiene parecidas posibilidades, sólo que habla de registros electrónicos de las administraciones públicas. Pero para esos aspectos creo que es precisamente para lo que da un plazo de 2 años hasta que se logre desarrollar todo lo de dichos registros, así que mientras tanto puede seguir haciéndose en papel en los registros y, por supuesto, en Correos.
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