Sgae...registrar temas online?

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toniterrassa
#16 por toniterrassa el 24/06/2006
Alguien escribió:

Este registro no es el oficial del Registro de la Propiedad Intelectual, pero no sé hasta qué punto no vale para algo

No estaria de más que alguién aclarara esto en el hilo, PSGirl, pués si no recuerdo mal Souz ya comento en su momento que no era válido cómo justicficante.

TONi
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PSGirl-Suburbia
#17 por PSGirl-Suburbia el 24/06/2006
Sí, yo también supongo que no es válido. SGAE es una entidad de gestión de derechos, no de gestión de propiedad.
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Rafa El
#18 por Rafa El el 24/06/2006
hay k ser realista en esta vida.
registrar los temas no sirve de nada.

aqui tienen un buen ejemplo:http://www.univision.com/content/content.jhtml?cid=859565
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George Stobart
#19 por George Stobart el 04/06/2010
Hola, mi grupo vamos a sacar un disco autoproducido y en la empresa donde nos van a imprimir y grabar los CD's nos dicen que tenemos que tener un certificado de la SGAE para que puedan grabarlo. Eso que es? como se consigue??

GRACIAS
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Sisu
#20 por Sisu el 04/06/2010
Lo pone en este mismo hilo
George Stobart escribió:
Hola, mi grupo vamos a sacar un disco autoproducido y en la empresa donde nos van a imprimir y grabar los CD's nos dicen que tenemos que tener un certificado de la SGAE para que puedan grabarlo. Eso que es? como se consigue??

GRACIAS
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zayasub
#21 por zayasub el 03/10/2016
Buenas, soy nuevo aquí, en la sgae y en registrar cosas. Lo único que tengo es la firma digital. Mi pregunta es, un riff para radio, que dura entre 5 y 10 segundos, sin partitura ni letra, se puede registrar?
Gracias!!
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Australia mod
#22 por Australia el 03/10/2016
Se puede registrar; no he visto en la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) o su Reglamento que haya una duración mínima.
Decide qué tipo de registro quieres hacer. Según la LPI, el Registro de la Propiedad Intelectual (RPI) es el único que aporta una prueba que el juez debe aceptar sí o sí, si fuera necesaria en un proceso judicial (por ejemplo porque te demanden o tu demandes por plagio), de que la obra es original y tuya, en la fecha que hiciste el registro. Le tocaría a la otra parte demostrar, si puede, que, por ejemplo tu obra no era realmente original (por ejemplo, demostrando que es muy igual a una anterior, la conocieras tú o no).
El registro en SGAE es distinto. Sirve para probar que cuando registras una obra con ellos, te haces socio de ls SGAE y les cedes la gestión de tus derechos patrimoniales como autor (en tu caso) de esa obra. Al hacer ese registro es lógico que a la vez te están pidiendo una declaración (que registran) de que tú les puedes ceder esa gestión porque eres el dueño de la obra por ser su autor (un productor, una discográfica... también registran con la SGAE si son dueños de la obra por habérsela comprado a su autor). Pero eso no es una prueba reconocida automáticamente por la ley de que tú eres el autor de la obra. El juez puede rechazarla como prueba (pero no puede rechazar un registro en el RPI), aunque evidentemente también puede aceptarla.
Algo relevante es que en principio yo siempre he creido que se necesita partitura porque así lo dice la LPI y su Reglamento. Pero recientemente la información del RPI de la Comunidad de Madrid me ha hecho dudar si es que ciertas CCAA están haciendo una interpretación algo forzada y aceptando grabaciones. Tendrías que consultarlo en el RPI de tu Comunidad Autónoma.
Aquí tienes algunos hilos en los que he intervenido y hablan de estos temas, por si te sirven de ayuda.
https://www.hispasonic.com/foros/dudas-registro-sgae/495290
https://www.hispasonic.com/foros/sgae-si-no/490335
https://www.hispasonic.com/foros/como-registrar-arreglo-sgae/492414
https://www.hispasonic.com/foros/vender-temas-propios/368887/pagina2
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