Sobre registro de canciones

BAC
#1 por BAC el 17/11/2004
Bien, quisiera saber que es lo que se necesita pasar a partitura para registrar una canción. Solo melodias, acordes y letras? tambien bateria? Como hago eso en partitura?. Y los ruidos?? Y si las notas han sido GENERADAS ALEATORIAMENTE?? y si por ejemplo un sinte esta afinado 3 semitonos po encima de la nota q toco? q pongo, la nota q toco o la que suena? y si un sample es por ejemplo un acorde? escribo la nota q pongo o lo que suena igualmente?...

Se pueden registran ideas? por ejemplo, no me importan las notas que se tocan, porque lo importante de la canción es como se tocan o como se hace el sonido o como se conectan varios aparatos entre si.


Donde, Cuanto cuesta, y como puedo registrar mis canciones.

Gracias por todo!
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76543210
#2 por 76543210 el 17/11/2004
Muy buen topic. Yo estoy a punto de registrar (yo personalmente) por primera vez unos temas y también tengo alguna duda de ese estilo. Así qeu alguien que lo haga habitualmente que nos cuente, que nos cuente....

Lo que sí se es que tienes que registrarlos en el Registro de la Propiedad Intelectual, (seguramente en la delegación de Cultura de tu ciudad). En la página web de este registro de amplían información del proceso.

http://www.mcu.es/propint/index.jsp

Caro caro no es, pero tampoco muy barato, ahí te indica las tarifas. Me han recomendado registrar un "LP" con varios temas, pq sale más barato q registralos uno a uno por separado.

Cosa aparte es si quieres registrarte en alguna asociación de gestion de Derechos de Autor (Tipo SGAE, DAMA, etc).
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Piñño
#3 por Piñño el 19/11/2004
Yo mis temas los registro en SGAE pues los derechos que generan mis canciones solo se pueden cobrar de esta manera, cuando salen en la radio , actuaciones etc, Sgae me manda trimestralmente las pelas, allí lo registro gratuitamente y con la línea de bajo y la melodía de la voz les vale, otros temas que tengo hechos con loops sin melodía definida los registro con CD y de esta manerame restan 30 euros de los derechos q genero por canción ya q los tiene qe transcribir alguien.

Sé q mucha gente está en contra de SGAe pero pyo me dedico profesionalmente a componer y a hacer letras y es la manera de cobrar mis derechos de autor.

Si quieres que te informen más ampliamente:

armusica@sgae.es
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Corwen
#4 por Corwen el 19/11/2004
yo me dedico a hacer las partituras de algunos artistas para q registren sus temas, y basicamente voy a decir lo mismo q piñño, aun q matizando alguna cosa. Lo q hago es sacar primero la partitura de la voz principal, ya sea una voz humana o de algun instrumento, y encima de esta voz voy poniendo los acordes de la cancion (ej.: ReM, Do7, etc...)
Despues si esa cancion tambien tiene letra, tienes q escribir la letra.
Pero claro, en teoria, para hacerlo bien deberiais saber algo de solfeo, pero para los q no sepan nada siempre estan los teclados midi, y usar algun programa q pase el midi a partitura, logic, sibelius, etc... asi con solo tocar la melodia principal del tema ya se pasa sola, la copiais en el documento del sgae y listo.
Aqui os dejo el enlace a la web de sgae de donde teneis toda la informacion:
http://www.sgae.es/contenido/cont.inm?i ... edMenu=132
Espero haberos serviros de alguna ayuda...
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76543210
#5 por 76543210 el 19/11/2004
Gracias a ambos. Yo por ejemplo ya contaba con SGAE en mi caso, pero aún así, ellos mismos recomiendan (creo recordar que en su web) que te registres el tema en el RPI también.

Un saludo.
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midiquel
#6 por midiquel el 19/11/2004
Interesante de verdad:
Perdonad mi ignorancia pero tengo entendido que para cobrar de la sgae, los temas deben estar editados, Es eso cierto?
Tengo canciones que están escritas desde hace tiempo y jingles que estoy produciendo para publicidad, tambien contactos en radio que pueden emitir mi musica y nada está registrado. Sé que debo hacerlo pero mi pregunta es si cobraré de la sgae sin tener los temas editados.
Salu2.
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John
#7 por John el 19/11/2004
midiquel escribió:
Interesante de verdad:
Perdonad mi ignorancia pero tengo entendido que para cobrar de la sgae, los temas deben estar editados, Es eso cierto?
Tengo canciones que están escritas desde hace tiempo y jingles que estoy produciendo para publicidad, tambien contactos en radio que pueden emitir mi musica y nada está registrado. Sé que debo hacerlo pero mi pregunta es si cobraré de la sgae sin tener los temas editados.
Salu2.


No hace falta que estén editados. Yo he cobrado derechos de temas sin editar pero difundidos comercialmente.
Eso sí, hace falta que estén declarados en la SGAE, claro...
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yanawara
#8 por yanawara el 19/11/2004
Hola midiquel,
tan sólo decirte que cobrar sí cobran por tus temas... pero como no los tienes registrados, las sgae no te puede pagar... Creo que puedes hacerlo retroactivamente, pero ignoro los trámites... es decir si lo investigan ellos, si es posible acceder a la supuesta base de datos que controla todo o debes señalarles tú las emisoras...
Son unas pelas que merece la pena que cobres ya que son fruto de tu esfuerzo...
Respecto al registro... hace años la propia sgae te exigía el registro de la propiedad intelectual... cuando costaba realmente poco... luego ingnoro cuando se desligó y ahora no hace falta... es más creo (y con lo caro que es) que es tirar el dinero... pues el registro en la sgae es gratis y ellos tienen una legión de abogados para chuparle la sangre al que te atreva plagiarte...
Yo, sin entrar en polémicas sobre políticas de sgae, tengo registradas allí, hace años, mis obras, y algo va cayendo... hasta me hicieron socio numerario (figura que pensaba había desaparecido, pues hace años la diferencia era que no tenías número de socio hasta que no cobrabas una cierta cantidad de pasta... ahora el número lo tienes cuando te registras y si tienes la suerte de ganar algo y supera no sé qué límite, te hace socio numerario, que te da opción a votar, etc...)
Ellos te dicen que su registro es una forma más de defensa... pero que si quieres registrar tus temas en otros organismos que no se oponen...
La verdad es que, por ejemplo en Francia, hace muchos años que el registro es más avanzado y ágil... allí se pueden registrar hasta pedos (de los de verdad) con llevárselos grabados en una cinta o cd... Aquí están poniendo en marcha eso del registro en línea y del midi... pero no lo he investigado...
Lo que sí han puesto "nuevo" es lo de la Marca de Agua (la última vez que lo vi era sólo para mac, próximamente ponía para pc), que es un programa que te bajas y te codifica una señal ultrasónica, partiendo de un master que tengas (por ejemplo un cd de 12 temas) y la suma a ellos... Algo que luego le permitiría a la sgae detectar automáticamente qué temas tuyos se han radiado o televisado.... es como el gran hermano de Orwell... pero si al final cobras es lo importante (obviando que a ellos les interesa sobretodo por las comisiones que se llevan...)
salu2
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toniterrassa
#9 por toniterrassa el 19/11/2004
Pués yo no he cobrado núnca de mis tres temas registrados en ambos sitios (no han salido a la luz pública, sólo sonó uno de ellos en una radio municipal hace años ) .

TONi
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Bitelchus
#10 por Bitelchus el 19/11/2004
Toni deberias quejarte energicamente ya que hay muchos cuyos temas no suenan ni en las emisoras municipales y si que cobran.


La vida es sueño (¿americano?) ... como dijo Calderón.
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mvina
#11 por mvina el 20/11/2004
Alguien escribió:

midiquel escribió:
Interesante de verdad:
Perdonad mi ignorancia pero tengo entendido que para cobrar de la sgae, los temas deben estar editados, Es eso cierto?
Tengo canciones que están escritas desde hace tiempo y jingles que estoy produciendo para publicidad, tambien contactos en radio que pueden emitir mi musica y nada está registrado. Sé que debo hacerlo pero mi pregunta es si cobraré de la sgae sin tener los temas editados.
Salu2.


No hace falta que estén editados. Yo he cobrado derechos de temas sin editar pero difundidos comercialmente.
Eso sí, hace falta que estén declarados en la SGAE, claro...


Pos a mi me han dicho lo contrario, tenemos varios temas registrados en la SGAE, que han sonado en radio y televisión en Asturias (no a nivel nacional) y se han tocado en conciertos, y ni un duro porque no estaba editado y entonces no consta para el reparto. Tendré que llamar a la SGAE a ver que pasa...
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Belbo
#12 por Belbo el 04/02/2011
Hola, refloto este hilo que tiene 7 años!!!!
Por que esta a punto de debutar en Madrid, una obra de teatro infantil, cuya musica es original compuesta por mi, ahora bien, esto se va a representar durante un determinado numero de dias, en una sala, me pregunto si SGAE gestiona el cobro, de esos derechos, y en tal caso, si hago el registro en estos dias (estrenan a fin de mes), llegare a hacerme acreedor de eso SAGE cobrara?.
Sea lo que sea, me sirve la informacion, repito, la difusion no sera radiofonica ni por TV, sera en teatro en directo, y periodica, durante algun tiempo.
Un saludo a todos, me urge algo de guia GRACIAS:
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Jose Luis Used
Australia mod
#14 por Australia el 08/06/2017
SGAE gestiona con los organizadores de los "espectáculos" el cobro por licencia de los derechos de sus asociados que ahí intervienen. Aunque en realidad luego no sean derechos de sus asociados y a lo mejor sean de otros... Pero a lo que voy: este es un caso algo especial, porque aquí son los autores quienes establecen específicamente las condiciones de la licencia, no es algo estandarizado como en otros muchos. Aquí además es la compañía teatral o el productor teatral quien tiene que tener una licencia de SGAE, no parece que el teatro en sí
La licencia es esta http://www.sgae.es/es-ES/SitePages/corp-ventalicenciaP3.aspx?c=5 (Representación de obras de teatro o solicitud de uso de música en obras dramática). Mira toda la página, que abajo hay dudas frecuentes interesantes. Te puedes además descargar el pdf con detalles de las licencias y tarifas - si lo haces abriéndolo en la ventana del explorador, se coloca en la página específica que interesa).
Si te has hecho socio de SGAE (cosa que ponen muy fácil, claro), se supone que te contactarán para ver los términos de la licencia y que después tendrás que recibir parte del ingreso que recoje SGAE en tu nombre y el de los otros autores intervenientes (los del texto, por ejemplo).
De hecho yo creo que la ley contempla que te tiene que pagar lo que te corresponda aunque no seas socio, pero es algo que no sé hasta qué punto se puede llevar a la práctica.
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