Sobre derechos de autor en obra sin ánimo de lucro

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Salvador Dor Dor
#1 por Salvador Dor Dor el 04/04/2022
Buenas noches a todos,

Me gustaría comentaros una duda de principiante que me reconcome. Veréis, me gusta componer mi música pero hasta ahora nunca había tenido intención de compartir o publicar mis piezas en internet. Recientemente he compuesto una pequeña pieza de 30 segundos para ayudar a mi pareja en un proyecto. Ella trabaja para una empresa sin ánimo de lucro orientada a la interpretación y cuidado del medio natural. La pieza está pensada para un Reel de Instagram promoviendo el reciclaje de cartón.

La cuestión es que por mi falta de experiencia y la urgencia, me he basado en una canción de la banda sonora del videojuego Fable 2, y me temo que la que he hecho yo se parece demasiado a la original. Por tanto mi pregunta es la siguiente:

Siendo un video de tan solo 30 segundos dirigido a una organización sin ánimo de lucro, que no monetizará nada de dicho video, y pareciéndose a una canción de un juego perteneciente a Microsoft, podría llegar la empresa, mi pareja o yo mismo problemas legales en el futuro, si dicho Reel gana presencia en redes? (lo cual ya es mucho suponer).

No me gustaría perjudicar a nadie, ni al autor Russell Shaw, al cual admiro, ni a nadie de los involucrados; sobretodo a mi pareja o a su empresa.

Si tuviera permiso para subir mi canción aquí y poner el enlace a la canción de Russell Shaw para que me dijeseis si realmente puede ser directamente un plagio, os estaría muy agradecido, sin embargo no quisiera infligir las leyes del foro. Ya me diréis si se puede...

Muchas gracias por adelantado.
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Alexmx03
#2 por Alexmx03 el 04/04/2022
Salvador Dor Dor escribió:
que no monetizará nada de dicho video

Que no monetice no significa que no sea para tu beneficio (o el de tu mujer), si tanto se parece y para evitar problemas o bien le pides al propietario de los derechos de esa obra los permisos necesarios (suerte, es complicado) o bien la descartas y haces otra cosa.
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Salvador Dor Dor
#3 por Salvador Dor Dor el 05/04/2022
Gracias por la respuesta Alex. He escrito al autor explicando la situación y pidiendole permiso.

¿Porque decías que es complicado obtener permiso?
Lo pregunto desde la más humilde ignorancia.

Gracias de nuevo.
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Alexmx03
#4 por Alexmx03 el 05/04/2022
Primero porque sera dificil que te conteste, y segundo porque no siempre es el autor el que tiene que darlo,a veces tiene que consultarlo con la productora, con el sello, en este caso igual con el propietario del juego... No pierdes nada por intentarlo, a veces uno se lleva sorpresas agradables.
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Salvador Dor Dor
#5 por Salvador Dor Dor el 05/04/2022
Claro, lo imaginaba. Lo más probable es que no me conteste.

Quizás la canción no se parecía tanto, pero supongo que ahora que ya he escrito al autor, será mejor esperar la respuesta y si no llega directamente no usarla.

Me da mucha rabia, porque tenía el video cuadrado con la música y me había quedado genial, pero creo que he hecho lo correcto, además no hubiese estado tranquilo si hubiera ignorado todo esto.

Un saludo Alex, gracias.
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Salvador Dor Dor
#6 por Salvador Dor Dor el 05/04/2022
Hola de nuevo la verdad es que me surge una duda extra. Cambia algo el hecho de que yo no haya registrado esa canción? Imagino que no, pero pregunto por si a caso.

Además he pensado en lo que dijiste, no termino de comprender a qué te refieres con que nosotros sí sacamos algún beneficio... imagino que lo dices porque ella recibe un salario, verdad?

Un saludo.
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Alexmx03
#7 por Alexmx03 el 05/04/2022
No, el beneficio no necesariamente tiene que ser económico o directamente económico como te he explicado y esto es algo que muchos no llegan a comprender del todo. En este caso es una campaña de publicidad, de la que la organización donde trabaja tú mujer sacará un beneficio, bien sea en ventas/donaciones/ visibilidad/influencia. Estas sacando al público un material del que otra persona posee los derechos. Que no registres la obra tampoco implica nada.
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Salvador Dor Dor
#8 por Salvador Dor Dor el 05/04/2022
Al final me ha respondido y dice que el no tiene los derechos. Creo que lo dejaremos aquí...
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RAS
#9 por RAS el 18/04/2022
Una empresa sin animo de lucro, bueno, si hay gente cobrando, ya sea una ONG o lo que sea, sí hay beneficio económico y lucro, aunque no sea desmesurado, ya que dices ella trabaja, supongo que cobra.

Otra cosa es una asociación o lo que sea, donde nadie gana dinero, un fancine cultural, un youtuber que no use publicidad ni patronicios, ...Aunque igualmente no podrías usar copyright, pero sí arte con licencias creative commons.
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Australia mod
#10 por Australia el 19/04/2022
Hola.
Da igual si nadie saca beneficio económico, ni directo, ni indirecto, ni nada de nada.
El autor o, como parece en este caso a quien haya cedido / licenciado los mismos, es el único que puede decidir qué usos permite de su obra.
Puede parecer imposible, pero puede ser que no le gusten los objetivos de esa ONG. O puede que no le guste en particular ese vídeo. O que haya acabado odiando ese tema y, en lo que pueda, quiera que ya no se difunda más.
Por otra parte, siempre está la posibilidad de que considere que ese vídeo le supone tener menos ingresos potenciales, porque habrá un número de personas que potencialmente reprodujeran un vídeo con esa música por el que el autor sí cobrara, que, en su lugar van a reproducir ese de Instagram. Luego ya es cuestión del juez, si la cosa llega a juicio, decidir si esa pretensión de "lucro cesante" es una chorrada o no.
A efectos prácticos, no veo problema en que pongas tu tema aquí y nos preguntes si creemos que es muy parecido al otro, del que nos puedes poner el enlace a youtube o donde se pueda oir. Si luego nos parece que sí lo son, pues lo quitamos.
De todas formas, si estás seguro de que la obra es prácticamente igual a la de ese compositor, mejor plantearte usar directamente su música. Puedes consultar el repertorio de la SGAE y ver si son ellos quienes gestionan sus derechos de autor en España. En https://enlinea.sgae.es/RepertorioOnline/ he encontrado varias obras de Russel Vincent Shaw, en las que indica que el titular de los derechos es Microsoft Music Publishing, así que supongo que es ese.
Le puedes entonces escribir a SGAE (licenciasonline@sgae.es) y preguntarle cuánto os costaría la licencia. Yo creo que, con un poco de suerte, podrían considerarlo dentro de música para ambientación de web/app no comerciales y el precio de la licencia es bastante bajo.
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