Yo te recomiendo que trabajes como autonomo, te puedes dar de alta o baja segun las rachas de curre, y puedes hacer factura de los trabajos que te interese declarar, y los que no aqui paz y allá gloria, siempre teniendo mucho cuidado en no abusar porque al final te acaban pillando.
No es tan dificil llevar los libros de gastos e ingresos, y los formularios son muy sencillos. El único gasto extra que tienes es la cuota de autonomo (210€). que por cierto podrias adecuarlo en el precio final,
dicho lo cual mira la fuente de tus problemas que dice
http://www.seg-social.es/Internet_1/Tra ... ID=753#756
y esto es una pequeña trampa,ojo a mi me lo dijeron y lo tengo apuntado aunque nunca recurro a ello:
El tema de los trabajos esporádicos es muy frecuente, y se pueden hacer dos cosas: respetar la normativa, o solo mediorespetarla, que suele ser lo habitual.
Si la respetas del todo, podrías exigir factura al currela. Si no está dado de alta, pues es problema suyo.(en este caso tu problema)
Si la medio respetas, estas cosas se suelen solucionar de la siguiente forma: Cuando se paga, se emite un justificante de pago y retenciones para que lo firme el perceptor(tu). De la contraprestación por sus servicios se retiene el 15%, y luego esa retención se declara vía 110. Si la declaras como rtos de actividades económicas, pues hacienda entenderá que el perceptor es un profesional, y puede tener problemas a la hora de hacer la renta. Si las declaras como rtos del trabajo (codigo F, de cursos y similares), pues hacienda considerará que has solicitado a esa persona un servicio calificado como rtos del trabajo(esto la productora).(esta es la tuya jejeje)
Ninguna de las opciones se ajusta a la realidad, pero no suelen dar problemas, y con cualquiera de las dos podrás deducir el gasto perfectamente, y el currela tendrá que declarar el ingreso en renta. (en este caso tu tambien)
ojo que quede claro que la productora no te la lie....
otra, te pagan y les haces un recibo. Dicho recibo no podrá ser declarado por éllos, ni por ti como gasto. Sólo sirve como medio de acreditar el pago, pero no a efectos tributarios. (esta suele dar problemas si la productora es grande...)
se me pasaba, la licencia fiscal tambien dala de baja al acabar, que luego vienen los lios....
por poco puedes hacer al principio que te lleve una gestoria los papeles y luego hacerlo tu: