¿Independencia? Sí o No

? ????ss??? ?
#4351 por ? ????ss??? ? el 27/10/2012
#4349

Pero con esto que me quieres decir.. ¿Que no puedo traducir un nombre de una ciudad o que? Joder en Barcelona siempre se ha impuesto el catalán antes que el castellano y eso no lo pone en el BOE...

El PP no es tampoco impositivo. ¿Que mas dá lo que diga el PP?¿ Lo importante no será cómo es reconocido en vuestro pueblo?
Porque si vas a salir con lo de fuera de nuestras fronteras, tampoco he visto reparos en que se la llame Catalonia (esto si que suena ridículo)...
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? ????ss??? ?
#4352 por ? ????ss??? ? el 27/10/2012
Alguien escribió:
Pero parece que por aquí andan algunos demagogos quinta columnistas


Le dijo la sartén al cazo xD
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Gracias a todos
#4353 por Gracias a todos el 27/10/2012
Xaos escribió:
quinta


Quinta y sexta bemol; que me parece muy bien lo que cojones me digan esos pañocalientistas, no les reconozco autoridad lingüística (ni ninguna otra); pero yo voy a seguir diciendo y escribiendo (cuando lo haga en español) Gerona, La Coruña y Fuenterrabía, si me refiero , en español sigo, a estos municipios en su denominación vernácula, diré o escribiré Girona, A Coruña, y Hondarribia: Si lo hago en sus idioma, sin cursiva.
Aburre repetirlo; pero es lo mismo que me ocurre con Milano, New York o Estrasburg (mira, con París, salgo la pronunciación, no me pasa, y como hablo con parisinos muy cultos digo paris sin acentuar).
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X@os
#4354 por X@os el 27/10/2012
Carmelopec escribió:
Aburre repetirlo; pero es lo mismo que me ocurre con Milano, New York o Estrasburg (mira, con París, salgo la pronunciación, no me pasa, y como hablo con parisinos muy cultos digo paris sin acentuar).


Bueno, creo que el BOE es el boletín oficial del estado Español, no del Italiano o el Francés.
Rubricado por Juan Carlos I y Felipe González, y estos son los nombres que salen en libros de texto, mapas, etc Españoles.
¿Que quieres traducir entonces?¿O es que eres un Español diferente?
A menos que seas un quinta columnista que no acepta sus propias leyes
Ya han pasado más de 20 años desde entonces:

Artículo primero.
La actual provincia de Gerona se denominará oficialmente de Girona, de acuerdo con su tradición histórica, cultural y literaria; y en concordancia con el nombre oficial de Girona que tiene reconocido legalmente su capital.
Artículo segundo.
La actual provincia de Lérida se denominará oficialmente de Lleida, de acuerdo con su tradición histórica, cultural y literaria; y en concordancia con el nombre oficial de Lleida que tiene reconocido legalmente su capital.

DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.

Madrid, 28 de febrero de 1992.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno,
FELIPE GONZÁLEZ MÁRQUEZ
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Gracias a todos
#4355 por Gracias a todos el 27/10/2012
Xaos escribió:
¿O es que eres un Español diferente?


¿No te habías dado cuenta?

A mí estas instituciones, y más esos personajes, no me representan y en materia lingüística mucho menos si cabe.
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X@os
#4356 por X@os el 27/10/2012
Carmelopec escribió:
A mí estas instituciones, y más esos personajes, no me representan


Tienes razón, a nosotros tampoco no nos representan :D
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? ????ss??? ?
#4357 por ? ????ss??? ? el 27/10/2012
#4354

¿Entonces si digo Gerona voy a la cárcel?



Me parto contigo Xaos, eres el number one del oportunismo legal xD
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Aquel
#4358 por Aquel el 27/10/2012
Alguien escribió:
En España, Gerona es Gerona, Arturo es Arturo, y Lérida es Lérida... No sé porque también tratais de imponer vuestra lengua... Si eres tan estricto habla en catalán, total soy Valenciano y te voy a entender. (Pequeño experimento detecta trolls, estad atentos xD)

Si me tengo que poner a traducir las ciudades del mundo a su dialecto lo llevamos claro...


En españa o catalunya o cualquier otro sitio puede ser lo que sea, pero los nombres (propios, lugares, marcas etc) no se traducen, solo tiene "logica" traducir aquellos que tengan un significado externo al nombre.
No me gusta el gerona, lerida etc al igual que tampoco castella i lleo (castilla y leon en catala) aunque este ultimo tiene mas pase por que significa algo aparte del nombre.
En los medios se hace mucho el ridiculo con estos temas por ambas partes, sobretodo cuando dicen nombres de cargos que si se pueden traducir y en cambio traducen lugares que no se deben de traducir.
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evilheat
#4359 por evilheat el 27/10/2012
ॐ ηεмεssιαħ ॐ escribió:
¿Entonces si digo Gerona voy a la cárcel?

pues no ,pero si a un guardia civil le hablas en catalan puede que si.
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handrex
#4360 por handrex el 27/10/2012
Manda narices los independentitas, aceptan la constitucion cuando le conviene y pasan de ella cuando no les sirve para sus intereses. He aqui un pequeño estracto:

Artículo 2

La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.

Artículo 3

El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.
Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos.
La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.

Artículo 4

La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas.
Los Estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estas se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales.

Artículo 8

Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.

Artículo 137

El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses.

Artículo 138

El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular.
Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales.


Artículo 139

Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado.
Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español.


Artículo 145

En ningún caso se admitirá la federación de Comunidades Autónomas.

Los Estatutos podrán prever los supuestos, requisitos y términos en que las Comunidades Autónomas podrán celebrar convenios entre sí para la gestión y prestación de servicios propios de las mismas, así como el carácter y efectos de la correspondiente comunicación a las Cortes Generales. En los demás supuestos, los acuerdos de cooperación entre las Comunidades Autónomas necesitarán la autorización de las Cortes Generales.

Artículo 149

El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias:
1.ª La regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales.
4.ª Defensa y Fuerzas Armadas.
5.ª Administración de Justicia.
13.ª Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
14.ª Hacienda general y Deuda del Estado.
16.ª Sanidad exterior. Bases y coordinación general de la sanidad. Legislación sobre productos farmacéuticos.
22.ª La legislación, ordenación y concesión de recursos y aprovechamientos hidráulicos cuando las aguas discurran por más de una Comunidad Autónoma, y la autorización de las instalaciones eléctricas cuando su aprovechamiento afecte a otra Comunidad o el transporte de energía salga de su ámbito territorial.
27.ª Normas básicas del régimen de prensa, radio y televisión y, en general, de todos los medios de comunicación social, sin perjuicio de las facultades que en su desarrollo y ejecución correspondan a las Comunidades Autónomas.
32.ª Autorización para la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum.

Artículo 155

Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.

Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.
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X@os
#4361 por X@os el 27/10/2012
#4360 te has dejado los artículos 1, el 5, 6, 7, del 9 al 136, del 140 al 144, del 146 al 148, del 150 al 154, y del 156 en adelante.
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X@os
#4362 por X@os el 27/10/2012
ॐ ηεмεssιαħ ॐ escribió:
¿Entonces si digo Gerona voy a la cárcel?


Llámalo como te de la gana, pero si no es como el rey de las Spanhas y el presidente F.González acordaron y firmaron, entonces te desacredita para dar lecciones de leyes a los insurrectos y lobotomizados Catalanes.

Por cierto, la vida de Brian es una buena película :lol:
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? ????ss??? ?
#4363 por ? ????ss??? ? el 27/10/2012
es mas de lo mismo...lo que habeis votado por mayoría, catalanes incluidos...

yo soy partidario de que la constitución no sea intocable, pero lo que NUNCA bajo ningún concepto, puede ser inviolable.
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handrex
#4364 por handrex el 27/10/2012
xaos! he puesto los párrafos referentes a la organizacion territorial, que creo es lo que compete en este post, si he obviado algo puedes ponerlo tu.
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? ????ss??? ?
#4365 por ? ????ss??? ? el 27/10/2012
#4362

osea que tu ley es la válida, te autoproclamas independiente de España aún a sabiendas que eres español, y pretendes darme TÚ lecciones a mi de cómo debo interpretar mi lengua... :juas:

en serio, no sabia que eras tan divertido, me pasaré de vez en cuando a leerte, de momento lo dejo por hoy XD
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