El registro me confunde: Echadme una mano, por caridad...

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xxazzz
#16 por xxazzz el 23/03/2003
hola:

según la misma declaración de DH que da permiso a la SGAE a registrar tus temas aunque tu no quieras, tu eres autor del tema, bien, solo falta demostrar que lo has compuesto en una fecha, ¿como? usando un sello oficial del estado ¿cual? el de correos por ejemplo. es un sello del estado con lo cual tiene validez. No es que registres tus temas así, pero puedes demostrar que es esa fecha tu tenias ese tema grabado en el CD. los contrarios podrían aducir que ellos también pero que no lo registraron hasta una fecha posterior y que tu se lo mangaste... seria el juez el que tendría que dilucidar si tu eres el mangante o ellos.... supongo que como cualquier sello oficial sirve para el caso el de un notario serviría también....
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Soyuz mod
#17 por Soyuz el 23/03/2003
La típica confusión entre la propiedad intelectual y el registro de la misma, y entre las entidades de registro y las de gestión, se despeja -espero- en estos dos artículos:

https:/www.hispasonic.com/subjects+inde ... id-69.html

https:/www.hispasonic.com/subjects+inde ... id-72.html
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xxazzz
#18 por xxazzz el 23/03/2003
efectivamente, tu eres el autor por el mero hecho de componerlo, pero tienes que domostrarlo en caso de juicio, exactamente igual que el plagiador, pero ¿como se demuestra?, supongo que ante un juez por los medios habituales, pruebas y testigos, y como prueba fisica esta el registro y correos. El mero hecho de que este registrado no implica que seas el propietario intelectual, eso lo tendria que dilucidar un juez.
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xxazzz
#19 por xxazzz el 23/03/2003
Creo por lo demas que va ha cambiar bastante todo con la nueva ley, por ejemplo valdra como registro de la propiedad intelectual el registro de la propiedad de tu ciudad, exactamente como si fueses a registrar tu casa o una finca... ¿es asi no soyuz? es una de las cosas de esta nueva ley que saco de quicio a la sgae....aparte de otras muchas que dejaran obsoletas las clausulas que aperecen en el articulo de hispasonic...soyuz tendreis que hacer otro... :D
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BrainBT
#20 por BrainBT el 23/03/2003
mi experiencia antes de que salga un vinilo, cada vez q tengo que entregar las partituras en la discografica, es la siguiente:
Partiendo de que la musica electronica como el techno, hardhouse, etc, como bien dijeron es "impartiturizable", simplemente me limito a poner un patron de cada pista, ya que suelen ser repeticiones, y tambien otros patrones de la misma melodia si hay variaciones sustanciales. Si es musica electronica de baile de generos como los q he dicho anteriormente, parte de que nadie va a comprobar tu partitura hasta que no haya una denuncia. La unica pista que te podrian plagiar es la de melodia, ya que una pista de bombo, snare, charles, etc, es ridiculo que denunciaras a nadie por plagio.
Dicha pista ( la de melodia) es la unica mas o menos "legible" para algun musico en un juicio para alegar que la melodia es tuya, ya que por ejemplo una nota de solfeo que dispare un acapella es imposible de interpretar ( un acapella, un pad filtrado, etc.... )
Si lo que necesitas es registrar tu musica porque asi te lo piden, para poder comercializarla, no te calientes demasiado la cabeza, porque seguramente si tuvieras que partir de ahi para reconstruir tu cancion te seria imposible: imprime solo los patrones base de las pistas mas "creativas" y te ahorraras paginas y paginas de papel desperdiciadas.
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BrainBT
#21 por BrainBT el 23/03/2003
por cierto que se me olvidaba, alguien dijo
"2-Enviar ese CD a tu dirección de correo (sí, como lo oyes , enviartelo a tí mismo), con (ojo) el CD sellado con la fecha por el amable funcionario.Cierras el sobre (Con cinta, pegamento, o mejor lacre y una cuerda).
3- Pagas lo que sea, y esperas a que el sobre llegue a tu casa.
"

Vale, y si yo me envio 300 cds virgenes y hago que me los sellen todos,... luego los puedo puedo grabar todos con los temas que me apetezcan y decir que yo los compuse antes?
Me parece un argumento bastante poco consistente je je je
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xxazzz
#22 por xxazzz el 24/03/2003
hola:

el sello tiene que romperlo el juez, si lo rompes tu es como si nada. tienes que guardar el sobre en un sitio en el que tus niños si los tienes o tu costilla no se le ocurra al verlo y preguntarse ¿que coño tiene esto dentro?. ¿sera mi egalo de cumpleaños?.
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Soyuz mod
#23 por Soyuz el 24/03/2003
Saludos. Lo de enviarse el CD certificado a uno mismo es, que yo sepa, una solución popularizada por la revista Future Music, que la cita muchas veces. Sin embargo, en España ese método no tiene la fuerza probatoria que sí tendría en el mundo anglosajón (recordemos que FM España es una traducción del original inglés, lo que provoca situaciones divertidas, como un titular de hace mucho, que decía "Mike al micrófono". Y todos los "qué diablos" y esa jerga y humor tan ingleses, etc etc...).

En los países anglosajones pasan bastante del papeleo digamos, y por no tener, no tienen ni carné de identidad. Basan su sistema legal en la práctica de los juzgados, y no dan tanto valor a los registros y papeles autentificados como aquí. Vamos que apenas tienen registros de nada, y en ese contexto pues han inventado esa formula de enviarse el CD. Si es que viven en una isla, ¿cómo se iba a parecer su sistema al nuestro? :-P

En España la prueba mas potente es la inscripción en el Registro de la Propiedad, y lo de mandarse CDs sinceramente yo no sé que resultados podría dar en un juicio aquí. Por eso digo: cuidao con seguir prácticas de sistemas legales que no se parecen al nuestro. Aunque lo digan las revistas :)
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xxazzz
#24 por xxazzz el 24/03/2003
hola:

de todos modos enfrentarse a la makina legal de una multinacional por ejemplo ya pone los pelos de punta, años de recursos y juicios para reclamar ¿que? 6000 euros??? para no saber si al final tendremos que pagar las costas, lo tenemos claro si no tenemos nosotros detras a alguien, ademas ya se sabe que aqui en españa solemos salir ganando en estos juicios los que no tenemos un duro. ni siquiera teniendo registrado el tema, ya no es la primera vez.
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xxazzz
#25 por xxazzz el 24/03/2003
hola:

mi posicion en todo esto es: si voy a sacar el tema yo se lo entrego a la sgae, si vendo el tema a otro se lo entrego a la sgae, si no voy a hacer ni una cosa u otra que le den por culo al tema y que lo copie quien quiera, no faltaria mas. Esto ultimo es lo que suelo hacer desde hace 20 años. si se venden 1 kilo de copias en nebraska no me voy a enterar y aqui ni siquiera un aor se digna a poner el cassete...tengo la miama posivilidad de que me copien un tema como que me toque la primitiva, y eso que no compro un solo boleto.

salud.
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rodhuerta
#26 por rodhuerta el 24/03/2003
Esa si que es una mala noticia, soy mexicano y aquí no es necesario hacer ningún tipo de score para registrar mi música, ahora que me mudo a españa el próximo lunes me da una gran desilución el saber que tengo que hacer scores de toda mi música, no entiendo esto, es pura burocracia porque los peritos que intervienen en los procesos legales saben perfectamente reconocer una melodía o escribirla a una primera escuchada. Todos se reduce a mas trabajo para nosotros. Deberíamos presionar para que esto cambiara, no toda la gente que hace música sabe escribirla (aunque sinceramente si pretendemos ser músicos deberíamos saber por lo menos eso) y es algo muy limitante.

Ni modo.
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Briar
#27 por Briar el 24/03/2003
Éstas cosas del plagio se sobredimensionan por parte de los artistas hasta unos límites a veces ridículos y, por otra parte, la legislación avanza muy despacio hacia un enfoque más pragmático y anglosajón. Esa práctica de enviarse la música o los manuscritos se usa en EE.UU., pero como algo provisional y/o paralelo al registro en la entidad o sindicato correspondiente.

Todo esto es muy improbable. Imaginemos que alguien utiliza un tema completo vuestro (vuestro: ya sabéis que si es mío os demandaré salvajemente :lol:) y no es una gran compañía (que seguro que compraría siempre antes los derechos, no son idiotas y son muy conscientes de lo que les puede sacar un abogado espabilado). Vosotros salís un día del muro de sonido de vuestro estudio y os enteráis. ¿Vamos a juicio? Vayamos. ¿Cómo no hemos llegado a un acuerdo? En un ejercicio real y pragmático de la autoría, ¿cómo podría alguien asegurar que un tema le pertenecía si vosotros tenéis un archivo de secuenciador con todas las pistas separadas y él un tema en su versión de mezcla final? Por supuesto, quien tuviera el tema final podría separar (más bien malamente) las pistas, pero ¿por qué alguien que clama ser el autor tiene también las pistas separadas? Todo esto es surrealista.

De ahí la utilidad del Registro, que aunque parece complicar las cosas y las complica, tiene como función primordial el simplificar si la cosa llegara a alcanzar esas cotas de exasperación.

Ya sé que muchas veces la ley, los abogados y las defensas toman caminos muy peregrinos y se desvían, pero en una práctica sensata de tus derechos, con un juez con peritos, todo esto es absurdo.

Si entramos en el tema del sampleado, la cosas se complican, porque no te están despojando de tus derechos completos como autor.

Tened en cuenta que cuando alguien trata de robar un tema que no le pertenece no sabe qué movimientos ha hecho el autor y nunca sabe dónde se mete.

Como decían en aquella película, "recuerde que siempre es más triste plagiar que ser plagiado"...
:wink:
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