Los compositores en España no tenemos la protección que exi

SCAT
#1 por SCAT el 01/04/2016
Hola a tod@s!
Nos gustaría saber vuestra opinión.
Os dejamos un vídeo donde comparamos dos estribillos.
Uno de ellos es del tema "Conóceme", compuesto por Tony Sanchez Ohlsson y el otro es de un tema nuestro titulado "Acércate"(registrado en Sgae con fecha anterior a "Conóceme").
Además adjuntamos los links de los dos temas:
Conóceme: https://www.youtube.com/watch?v=tSXdnbs0UcU
Acércate: https://www.hispasonic.com/musica/acercate-maqueta/97509
Gracias!
[Este vídeo ya no está disponible en Youtube]
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Australia mod
#2 por Australia el 02/04/2016
No me parecen tan similares como para plantear que se trata de un plagio (hecho consciente o inconscientemente).
Si creéis que sí lo son, como sois socios de SGAE, podríais poneros en contacto con ellos y comprobar qué os dicen de cómo pueden ayudaros para defender vuestros derechos de autor.
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SCAT
#3 por SCAT el 04/04/2016
Hola Australia.
Antes que nada, gracias por la respuesta.
Verás, decirte que los temas han sido analizados por dos catedráticos del conservatorio de Madrid y otro músico profesional. Los 3 coinciden en lo mismo: plagio!
Y segundo: La Sgae no ayuda en nada. Tuvimos un acto de conciliación en Madrid y este personaje ni se presentó. Solo fue su abogado, de la Warner. Nos intentamos poner en contacto con él por mediación de nuestro abogado y no hubo respuestas, vamos, que ni cogió el teléfono. Solo esperan a que les demandemos, pero para eso hay que ser millonario. Solo por la negociación, te tienes que gastar 3000 euros, más el perito que suele ser de 3000 euros a 10000 euros. Si no resulta, hay que demandar y eso es muuucho más dinero, y ni te cuento por cuanto puede salir ir a juicio. Si ganas, bien, pero si pierdes, tienes que pagar a tu abogado y además al de la otra parte. Así va este tema en España. Un desastre. Además, tú tienes que ser el que demuestre que te han plagiado. Da igual que tengas el tema registrado antes que ellos. Eso no sirve de nada, a no ser que lo tengas publicado en un CD. Nuestro tema está en Hispasónicos (una web pública) pero tampoco sirve de nada. Así, que desde aquí, AVISARÍA A TODOS LOS HISPASÓNICOS QUE TENEIS VUETRA MÚSICA COLGADA. TENED CUIDADO porque por aquí hay MUCHO OJEADOR ENCUBIERTO olisqueando la esencia de vuestros temas. Si os plagian, no podéis hacer NADA, a no ser que seáis millonarios.
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SCAT
#4 por SCAT el 04/04/2016
Mirad como "se inspira" este señor para "componer":

Run brequette (Tony Sánchez Ohlsson)
https://www.youtube.com/watch?v=hSuFWPT7RTs
Se "inspira" de este tema:
‪Zara Larsson - Uncover lyrics‬
https://www.youtube.com/watch?v=V4aq043kdfY

Otro ejemplo:

‪Pastora Soler - Te despertaré‬ (Tony Sánchez Ohlsson)
https://www.youtube.com/watch?v=pkyTh-Qpkl8

‪Malú - Blanco Y Negro‬
https://www.youtube.com/watch?v=cbYp1ZB5cGg
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SCAT
#5 por SCAT el 04/04/2016
Todo esto se dice en internet, no lo decimos nosotras. Es fácil encontrarlo.
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vagar
#6 por vagar el 04/04/2016
Las baladas pop están tan reventadas de clichés musicales elementales que la "creatividad" no deja mucho campo para ser protegida, supongo que te lo habrán comentado también los catedráticos de conservatorio. Esos recursos tienen de 300 años para arriba. A mí lo que me parece verdaderamente surrealista es que estas cosas se puedan considerar como "propiedad intelectual" y se cobren derechos sobre ellas como "creaciones".

Vas a youtube, pones "balada" y palabras como "abrázame, olvídame, perdóname" y canciones que tienen motivos similares en el estribillo alrededor de 1:00 salen como champiñones, para un músico de conservatorio es como el ataque de los clones.

Por ejemplo, 1:10



Espero que no te lo tomes a mal, las cosas simples también tienen su lugar en la vida y están muy bien. Pero bueno, así está el patio y es lo que hay, a ver si tienes suerte y tú también puedes pillar cacho.
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vagar
#7 por vagar el 04/04/2016
Por cierto, bonita entrada disminuida al estribillo en la vuestra, me gusta más que el 4-3 de la otra.
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1
Australia mod
#8 por Australia el 04/04/2016
SCAT escribió:
La SGAE no ayuda en nada.
Aunque os sugerí que contactarais con ellos, tenía poca fe al respecto. Los únicos derechos de autor que les interesan son los patrimoniales. En sus estatutos hablan también de los morales, pero su artículo 6 aclara que su fin principal es la gestión de los patrimoniales. Seguro q​ue Tony Sánchez Ohlsson es socio de la SGAE y me temo que tiene más derechos patrimoniales convertidos y convertibles en recaudación de la SGAE que vosotras.
SCAT escribió:
Tuvimos un acto de conciliación en Madrid y este personaje ni se presentó. Solo fue su abogado, de la Warner.
Es que supongo que, legalmente, la otra parte es la Warner, con quien él tendrá el contrato para esa canción ("Conóceme"). El les habrá licenciado sus derechos de autor, incluyendo la representación legal. Es verdad que un acto de conciliación no tiene que seguir unas formalidades y que él podría haber decidido ir. Pero dudo que, de habérselo planteado, la Warner se lo permitiera.
SCAT escribió:
Además, tú tienes que ser el que demuestre que te han plagiado
Los tribunales no actúan de oficio en estos temas: tiene que haber alguien que inicie el procedimiento, demandando. Vosotras podéis a vuestra vez seguir usando vuestro tema y le tocará a la Warner demandaros, si considera que sois vosotras quienes habéis plagiado.
SCAT escribió:
Da igual que tengas el tema registrado antes que ellos.
Si registrasteis en SGAE sólo estabais realmente registrando que teníais unos derechos patrimoniales y que los teníais por ser autoras y queriais haceros socias de SGAE para que gestionaran esos derechos patrimoniales. El registro que oficialmente prueba que erais las autoras habría sido el Registro de la Propiedad Intelectual (RPI). Que el registro en SGAE puede servir de prueba: sí, dependerá del criterio del juez. Que no habría posiblemente diferencia en la actitud de la Warner si lo hubierais registrado en el RPI: también. Pero que la Warner puede tener ese as en la manga, yo no lo dudaría.
SCAT escribió:
Si ganas, bien, pero si pierdes, tienes que pagar a tu abogado y además al de la otra parte
Como en todos los procesos judiciales. Al final depende de un equilibrio entre cuanto puedes arriesgar y lo que te estás jugando. Desgraciadamente la justicia cuesta dinero - y si fuera total y verdaderamente gratuita, seguiría costando, porque la pagaríamos con nuestros impuestos.
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