kaisa_david escribió:
Busco un equipo o minicadena para una cafetería que tenga un máximo de 75-78 decibelios.La normativa me obliga a instalar con esas característica y en casi ningún equipo sale.
...no existe ninguna normativa que diga eso en ningún sitio. Y si existiera porque un Ayuntamiento se la ha sacado de la manga, va contra la ley.
kaisa_david escribió:
La historia es que el técnico del Ayuntamiento,como sabe que esos imitadores los puentean, quiere un equipo que directamente no supere esos decibelios.el local tiene unos 70m.
...el técnico del Ayuntamiento sepa lo que sepa y se imagine lo que se imagine, DEBE de firmar y autorizar un equipo de música que en el momento de las comprobaciones técnicas no supere los Dbs que marca la normativa que a su vez está hecha en base a la ley actual.
...luego, si una vez firmada la autorización.....si después de empezar el funcionamiento resulta que emites más Dbs y te excedes...y te inspeccionan por ello y se demuestra que te pasas en tus Dbs (que no es tan fácil las cosas por mucho que se imagine el técnico municipal), entonces es cuando te levantarán un acta de denuncia donde te instarán a realizar medidas correctoras en un plazo determinado y en primera instancia. Una vez hechas esas medidas correctoras comprobables (la instalación de un limitador hecho por un profesional cualificado y autorizado sería lo oportuno), se pasaría a inspeccionar las mismas y es ahí donde el técnico en sus alegaciones puede determinar si son suficientes o no. Pero claro, hasta llegar aquí....hay mucha tela que cortar y por eso los técnicos en muchos sitios para no llegar hasta aquí (que es el mecanismo legal), se quieren curar en salud y "amenazan" a los solicitantes con tener ya instalado el limitador (y en muchos sitios hasta ciertas marcas y modelos determinados donde es muy difícil sabotearlos...aunque no imposible

), pero que sólo vale como prueba de que se han hecho las medidas que marca la ley.
...ahora, lo que NUNCA pueden los técnicos hacer es ANTICIPARSE A LOS HECHOS y dar por "hecho" de...que como tienes un equipo a simple vista potente ya eres alguien que te saltas la normativa y superas los Dbs "porque sí", porque ellos "ya lo saben"....porque NO. Hasta que no se comprueba de que, efectivamente, en algún momento hay denuncias por este motivo....o sin denuncias, pero que te lo han comprobado que FUNCIONANDO lo has superado....pues no podrán hacer NADA.
...peeeeeeeero (porque para lo que digo hay bastantes "peros"), si resulta de que en las normativa de un Ayuntamiento, de manera "especial" o "excepcional" aplica ciertos supuestos que la ley recoge (como pueden ser las zonas de limitación acústica limitadas por categorías que dependen del PGOU de ese Ayuntamiento, cosa a la que se agarran en 99% de los mismos para sus "justificaciones" en la toma de medidas de control) entonces, sí que pueden reducir los niveles marcados por la ley en determinadas zonas, como por ejemplo "la almendra" de los cascos urbanos, la proximidad de hospitales o colegios...etc.
...en este enlace, figura la normativa del Ayuntamiento de Madrid (en base a las leyes autonómicas de la Comunidad de Madrid).
http://www.madrid.org/bdccm/normativa/PDF/Ruidos%20y%20vibraciones/Normas%20Tratadas/MaAc25022011.pdf
...presta atención a la parte VI (a partir del art. 23) donde figura las denominaciones técnicas de los establecimientos industriales y comerciales...que es lo que nos ocupa.
...también te digo que hay que llevarse bien con el técnico de turno, pero sin darle alas para que piense que somos gilipollas y que nos exija cosas que no puede legalmente pero que "para curarse en salud él" nos diga que hay que hacer. Lo mejor en estos casos es conocer bien la normativa y cumplirla. Instalar el equipo adecuado. Si es posible, un limitador adecuado (un CESVA LCA-02 es el mejor....aunque algo caro)...y el técnico que seguro que lo conoce...no te pondrá pega alguna.
...es algo que tengo muy trillado.....y aunque en todos los sitios cuecen habas y cada uno las cocina como quiere, al final es lo mismo: que muchos Ayuntamientos se exceden en sus "requisitos" particulares y se anticipan al incumplimiento de la normativa exagerando en dichos requisitos....muchas veces de manera ilegal e injusta.