Yo se que si COMPRO algo en Europa (vivo en Brasil, pero soy Argentino) me cobran un impuesto gigante en la Aduana, pero si alguien me manda una valija como regalo con los equipos dentro (se entiende que estos son los regalos) la Aduana no tiene por qué cobrarme nada no?
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Problema con aduanas.
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hola nacho.
verás....yo vivo en españa y de vez en cuando unos amigos que residen en miami, nos envian un paquete de regalo con presentes para mi, mi esposa y nuestra hija. siempre he tenido que despachar en aduanas y pagar por ello.
sin embargo, en junio pasado, trajimos unos muebles de colombia, herencia de mi esposa y al quedar acreditado que eran de ella y no comprados, solo pagó el transporte y unos 40 euros de transito aduanero.
deberias ver la forma de acreditar que los instrumentos son tuyos y no comprados.
otra opcion es que vayas al pais donde quieras comprar los instrumentos y te los lleves como equipaje. creo que tampoco pagas aduana.
saudos pro brasil.
verás....yo vivo en españa y de vez en cuando unos amigos que residen en miami, nos envian un paquete de regalo con presentes para mi, mi esposa y nuestra hija. siempre he tenido que despachar en aduanas y pagar por ello.
sin embargo, en junio pasado, trajimos unos muebles de colombia, herencia de mi esposa y al quedar acreditado que eran de ella y no comprados, solo pagó el transporte y unos 40 euros de transito aduanero.
deberias ver la forma de acreditar que los instrumentos son tuyos y no comprados.
otra opcion es que vayas al pais donde quieras comprar los instrumentos y te los lleves como equipaje. creo que tampoco pagas aduana.
saudos pro brasil.
Para un aduanero ver que pone regalo en un envio, es como decirle: de aquí puedes sacar tajada. El resto de opciones, podrian funcionar, pero deberías informarte a cuanto asciende la pena por falsedad documental, en España:
Artículo 392.
1. El particular que cometiere en documento público, oficial o mercantil, alguna de las falsedades descritas en los tres primeros números del apartado 1 del artículo 390, será castigado con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.
Suerte
Artículo 392.
1. El particular que cometiere en documento público, oficial o mercantil, alguna de las falsedades descritas en los tres primeros números del apartado 1 del artículo 390, será castigado con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.
Suerte
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