Tarifas de Composición

eloydelpalacio
#16 por eloydelpalacio el 26/07/2006
Puffffffffff, que veo que me decís muchas cosas, y algunas de ellas muy peleagudas. Si me lo permitís, ahora me retiro unos minutos a comer y luego os contesto :)
Saludos y gracias

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brielin
#17 por brielin el 26/07/2006
espasonico escribió:
brielin escribió:
No soy ningun experto, pero me parece correcta. Las pocas veces que he presupuestos he seguido unos baremos similares, aunque el precio minimo lo he puesto mas alto.. me da igual 10 segundos que un minuto y medio, ahi introduciria un minimo por pieza. Para mi es mas dificil decir algo en 20" que en un par de minutos. Ahora, mira en que se te quedaria por ejemplo 10 temas de un minuto.. el curro seria la leche y solo cobrarias 500..


Ese cálculo está mal. Lo lógico no es decir que por 10 temas de un minuto dejas los 10 temas al 50% sino que el primer tema lo cobras a 100€, el segundo a 90€ y así siguiendo la tabla, osea 730€.

Según tus cálculos, la diferencia de hacer 7 temas a hacer 10 son 45€ de beneficio !! y eso no puede ser.

Salut!!



cierto.. :oops:
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eloydelpalacio
#18 por eloydelpalacio el 26/07/2006
wonderlandaudio escribió:
Sinceramente habia decidido no meterme, porque se que voy a salir escaldado pero,sinceramente, si tu música es buena, yo te doy 2000 por cada 120 minutos, suponiendo que a cambio de los 2000 me des la COMPOSICION y el arreglo.
Sin timming de ningun tipo ni prisas de entrega. Piensalo


Hola wonderlandaudio

Bueno, la verdad es que me medio quejaba de que la otra vez hubieran sido 1800 euros por 120 minutos de música, y tú me hablas de 2000, lo cual sólo son 200 euros más. La única ventaja tuya es que me das la opción de trabajar tranquilamente y sin prisas (que no es poca) Digamos que por 80 minutos, el asunto me parecería más razonable. Lógicamente, antes te tendría que conocer y saber cuáles son exactamente tus intenciones. No sé muy bien a lo que te refieres con eso de que te de la composición para ti. ¿Quieres decir que yo la componga y tú la registres a tu nombre? Si es así, siento decirte que no. La música yo la registraría a mi nombre y tú podrías hacer uso de ella donde quisieras, pero siendo registrada a mi nombre. Como comprenderás, tendría que conocer mucho mejor qué es lo que quieres exactamente antes de hablar de hipotéticas colaboraciones juntos.
Un saludo

Soyuz escribió:
Estas tablas hechas a priori no son muy efectivas porque el precio dependerá directamente de la entidad del trabajo; no es lo mismo componer un tema de 5 minutos para un night show de máxima audiencia en TV, que para un corto de unos amigos, por ejemplo.


Claro, mi tabla sólo es aproximativa, y se refiere a aquellas personas o entidades que dispusieran de dinero para pagarme. Para un corto para los colegas, la cosa sería diferente.

Un saludo, hispasónicos

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eloydelpalacio
#19 por eloydelpalacio el 26/07/2006
Otra cosa, wonder, no sé si mi música tiene la categoría de buena para ti, pero por aquí te dejo algunos links por si les quieres echar un vistazo:

http://www.soundclick.com/bands/songInf ... ID=3961310

http://www.soundclick.com/bands/songInf ... ID=3965568

http://www.soundclick.com/bands/songInf ... ID=3965687

http://www.soundclick.com/bands/songInf ... ID=3965716

http://www.soundclick.com/bands/songInf ... ID=3983259

Un saludo, hispasónicos

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Miguel Ángel Cossío
#20 por Miguel Ángel Cossío el 26/07/2006
Yo creo que tu eres el que tienes que poner un precio pero dejándote de tablas.
No es lo mismo ponerle música para una producción de un amigo que se supone que le vas a cobrar barato que algo más serio para una productora importante.
Alguno de los temas que tengo subidos para videos y siendo para amigos, los he cobrado como minimo a 150€ y duran en torno a un minuto.
Hay otro que cobré a 300€ por un minuto (incluido mezcla y mastering).
Así que imagina cuanto cobraría yo por 120 minutos (minimo).
Date cuenta lo que vale hoy hacer los arreglos musicales para un disco.
Si hablamos de una producción muy barata está en torno a los 3000€ por 10 temas y esto será, a lo sumo, unos 30-40 minutos de música.
Asi que 1800€ que te dieron por 120 minutos eso es "regalao".
Saludos.
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eloydelpalacio
#21 por eloydelpalacio el 27/07/2006
Gracias miangaco por tus consejos y comentarios acerca del tema. Tomo nota de ellos

Hombre, a mí de todas formas no sé si me parece algo excesivo, no quiero cobrar mucho de repente y que sea un precio excesivo. Para ganar dinero pienso que hay que ser razonable.
No hay que vender artículos de lujo para ganar dinero, si no artículos necesarios.
Si en una ciudad de 100.000 habitantes sólo hubiera una panadería y una joyería, ¿cuál creéis que ganaría más?
No sé si es un ejemplo acertado pero lo que intento decir es que no hay que intentar hacerse super rico en un momento, y ser razonable en cuanto precios, porque si uno vende su música como un lujo quizá no le de mucho resultado.
En definitiva que para ganar dinero, no hay que creer en el cuento de la lechera.
Un saludo, hispasónicos

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alocar
#22 por alocar el 29/07/2006
wonderlandaudio escribió:
Y siempre será un precio de licencia, nunca de venta.

¿podrías explicarlo mejor para los que no tenemos ni idea? :roll:
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Ludwigvan
#23 por Ludwigvan el 31/07/2006
Hola a todos,

En mi humilde opinión, de alguien que intenta vivir de esto (y no lo consigue demasiado, jeje), la mayor parte de las veces lo mejor es enterarse del presupuesto con el que cuenta la producción.

Si hay un presupuesto alto, lo normal es que te den un precio alto, y viceversa. Puede darse el caso de que si tu vas con tus tarifas, el proyecto con presupuesto bajo te lo rechacen por caro, y el proyecto en el que podrías sacar pasta te lo acepten por la cuarta parte de lo que pensaban pagar, e incluso te lo rechacen por verte poco profesional con esas tarifas...

Para mí lo difícil es conseguir volúmen de trabajo, yo lo que suelo negociar es que me digan cuál es el presupuesto y les digo por adelantado que me intentaré adaptar a él SIEMPRE QUE SEA AJUSTADO A MERCADO. Si es muy bajo intentas pelearlo un poco.

Por ponerte un ejemplo, hace poco hice dos entradas para dos TVs locales distintas; una eran apenas 20 segundos y la otra unos 35. Por la primera cobré 40 euros, y por la segunda, 400. Si hubiera puesto mis tarifas (que intento no decirlas nunca...) hubiera pedido por cada una unos 100-120€, la primera me hubiera dicho que no porque se le iba de precio, y la segunda hubiera dicho que sí encantada, sólo hubiera hecho la segunda y me hubiera sacado 120€ en vez de 440...

Se puede pensar que 40€ es ridículo, pero me lo pulí en hora y media. Pongamos media hora que me costara en total de gestiones (correos y demás), puede parecer ridículo, pero ojalá tuviera todos los días 4 trabajos como ese, serían 160€ día. Pero me parece imposible conseguir semejante volumen de trabajo, si el día de mañana consigo los suficientes trabajos bien remunerados, ya iré limitando los trabajos más cutres, pero en su momento perdí buenas oportunidades por dar yo el precio, piensa que en un momento puedes estar saturado de trabajo, e incomodarte un trabajillo de 40 o 60 €, y en otros puedes estar rascándote la barriga, y te vendrían de maravilla.

Por cierto, lo de la licencia que hablábais se suele llamar 'licencia de sincronización', significa que tú le cedes a la productora los derechos de uso de esa obra para su proyecto (video, documental, corto), pero sólo para los uso derivados de ese proyecto, y la obra puedes seguir vendiéndosela a quien te de la gana porque sigue siendo tuya. NO VENDAS NUNCA TODOS LOS DERECHOS A PRECIOS TAN BAJOS, exclusivamente el derecho de sincronización, y asegúrate de ello registrando antes los temas. Es más, algunos trabajo cutres incluso no te harán contrato, si los tienes registrados, no te preocupes porque tienes tú el mango de la sartén.

Por supuesto, si vendes alguna obra tuya a precios mínimos (y 1800 por 120 minutos lo es), que te hagan un contrato en el que se especifique que sólo les cedes el derecho de sincronización, lo cual tiene una cosa muy buena; tú registras tu música en la SGAE o similar, y has conseguido 120 minutos de música que puedes seguir vendiendo, que es otra forma de negocio. Puedes venderlo a productoras, librerías, etc.
Incluso podría ser conveniente registrarlos en el Registro de la Propiedad Intelectual para casos dudosos (reconozco que no lo hago...)

Un saludo
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B
#24 por B el 31/07/2006
una pregunta:

Y todo esto (precios, derechos, minutos etc...) son válidos también en vez de para algo tipo televisión, bandas sonoras etc.. para un cantante que te pide que le hagas las canciones (composición, grabación, mezcla, masterizar...? o sea todo, el lo único que hace es cantarlas.

:shock:
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Ludwigvan
#25 por Ludwigvan el 02/08/2006
Hombre, BlueChild, con un cantante pienso que no le puedes dar sólo el derecho de sincronización, es más, no sé si sería legal.

Si compones para alguien, tienes que negociar todos los derechos (menos el de autor, lógicamente), porque no creo que él quiera que esa misma canción que has compuesto para él la cante más gente...

Pero vamos, aquí estoy bastante menos puesto.

Salu2
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Icaro
#26 por Icaro el 02/08/2006
Tener una tabla de precios siempre te puede servir de base, pero no se puede perder de vista que cada proyecto tiene sus propias características.

No es lo mismo componer, por ejemplo, 2 minutos para el menú de un DVD interactivo, que puede resultar un trabajo relativamente sencillo, que 30 segundos de música para un spot, en el que influyen muchos factores creativos y técnicos (la sincronía música/imágenes puede ser un infiernillo a la hora de componer, por ejemplo).
En algunos bastará con realizar una composición con tu secuenciador y en otros invertirás horas en encontrar samplers adecuados, extraer el audio del video para mezclarlo con tu composición, etc.

Es importante tener todo eso en cuenta y hacerle saber al cliente que los precios son revisables según las características del proyecto. De este modo evitarás pillarte los dedos!

Suerte con las composiciones! :)
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B
#27 por B el 02/08/2006
Ludwigvan escribió:
Hombre, BlueChild, con un cantante pienso que no le puedes dar sólo el derecho de sincronización, es más, no sé si sería legal.

Si compones para alguien, tienes que negociar todos los derechos (menos el de autor, lógicamente), porque no creo que él quiera que esa misma canción que has compuesto para él la cante más gente...

Pero vamos, aquí estoy bastante menos puesto.

Salu2


Y como se hace para oficializar todos esos derechos, se hace un contrato independiente entre ambos o hay alguna forma oficial de hacerlo?

Pero con lo que dices, conservando lógicamente el derecho de autor, quiere decir que tu canción si alguien la quiere cantar y te piden permiso y aceptas puede hacerlo, no? Esto es lo que viene pasando con todo el mundo. Entonces no veo la ilegalidad porque si conservas la autoria puedes cederla a quien quieras independientemente de que para el que la has compuesto en principio pueda tener todos los derechos menos el de autoría.

No se, en ocasiones veo lagunas :)
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Ludwigvan
#28 por Ludwigvan el 02/08/2006
A ver, que creo que me explicado mal, te pongo dos casos distintos:
1) Te piden una música para un corto en el que no vas a cobrar, o cobras muy poco. Tú cedes los derechos de uso de esa música SOLO PARA ESE CORTO, y así lo firmas en el correspondiente contrato. El 'dueño' de la música sigues siendo tú y puedes vendérsela a otro si te da la gana. y por supuesto tienes los derechos de autor. Es lo que se llama 'sincronización', y así se refleja en el contrato.
2) Mañana le da un yuyu a John Williams y no puede hacer la 4ª parte de Indiana JOnes, y te la encargan a tí. La porductora te pedirá en el contrato que cedas TODOS TUS DERECHOS, menos los derechos de autor. Eso quiere decir que cuando la vendas tienes que tener en cuenta QUE TU YA NO PUEDES VOLVER A USARLA, si no fuera así la podrías vender para otra peli y sería un cachondeo...
A partir de ese momento ellos son los que deciden donde y para qué se utiliza.
En este caso el precio tiene que ser muy superior, porque si ellos luego quieren hacer un CD, o sacar DVD o lo que sea, hay que preverlo y poner cláusulas en plan de (en caso de que se comercialice por otras vías, el autor recibirá....) y especificarlo bien, hay que darse cuenta que en ese momento tu ya no tienes derecho a utilizar esa música para lucrarte. Es igual que si hubieras vendido un co che, ya no es tuyo.
Eso sí, aún en ese caso, tienes que conservar los derechos de autor (que es lo normal), que quiere decir que cada vez que esa música se exponga de forma pública (cine, DVD, CD), recibirás tu parte correspondiente, y aquí es donde entran las SGAE y otras sociedades de gestiòn de derechos.

De todas formas es un poco complejo, y no te creas que yo entiendo demasiado, te aconsejo que vayas a una oficina de las SGAE y que te asesoren. Incluso te podrán dar modelos de contratos de ambos tipos.

Un saludo
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Icaro
#29 por Icaro el 02/08/2006
BlueChild escribió:


Pero con lo que dices, conservando lógicamente el derecho de autor, quiere decir que tu canción si alguien la quiere cantar y te piden permiso y aceptas puede hacerlo, no? Esto es lo que viene pasando con todo el mundo. Entonces no veo la ilegalidad porque si conservas la autoria puedes cederla a quien quieras independientemente de que para el que la has compuesto en principio pueda tener todos los derechos menos el de autoría.

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Icaro
#30 por Icaro el 02/08/2006
BlueChild escribió:


Pero con lo que dices, conservando lógicamente el derecho de autor, quiere decir que tu canción si alguien la quiere cantar y te piden permiso y aceptas puede hacerlo, no? Esto es lo que viene pasando con todo el mundo. Entonces no veo la ilegalidad porque si conservas la autoria puedes cederla a quien quieras independientemente de que para el que la has compuesto en principio pueda tener todos los derechos menos el de autoría.



Mmmm... en principio no. Si tu compones una canción para un intérprete, lo normal es que le cedas (vendas) los derechos de interpretación a este intérprete y los derechos de explotación a la compañía discográfica que proceda. Lo que nunca puedes ceder, porque de hecho y aunque suene a broma creo que es ilegal, es la autoría.

Es decir, tu compones un tema y lo vendes. A partir de ahí, salvo que hayas pactado lo contrario, los derechos de explotación del tema ya no son tuyos, aunque siempre sigues siendo el autor, por lo que por ley te corresponde un porcentaje cada vez que se utilice ese tema en radio, tele, copias de CD. Es un porcentaje que está regulado por la SGAE y que obliga a la discográfica o editora a pagártelo cada cierto tiempo, en base al número de difusiones de ese tema.

Para ejemplificarlo de un modo muy sencillo: Imagina que pintas un cuadro y se lo vendes a tu vecino. La autoría de ese cuadro, obviamente siempre será tuya y nadie se la puede atribuir, ahora bien, tu vecino podrá hacer con el cuadro lo que le plazca... colgarlo en su casa, exponerlo en un museo, romperlo... ya que lo ha comprado. Siempre y cuando no se pacte alguna otra cosa, claro.

Espero haber sido de alguna ayuda! :)

Saludos!
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