¿Os fiais de colgar vuestras canciones?

srcsrc
#1 por srcsrc el 18/11/2003
El tema es ya clásico, pero es que no me fío de colgar mis canciones para que llegue un desalmado y tenga la suerte que yo no he tenido con ellas. (Que no digo que mis canciones sean muy buenas, pero me las he currado yo, y ¡Qué coño, son mías!).
El caso es que le grabé a una amiga unos temillas, para un concurso de maquetas de los 40, y pese a que finalmente no pudo participar, les gustaron y le dijeron que dejara el CD, por si había suerte. Las canciones no están registradas, y no sé yo. No creo que las roben, supongo que son serios, pero ¿Tienen posibilidad de saber si están o no registradas? (porque si saben que no, a todo el mundo le tienta el diablo).

Además, ¿sabeis de algún "truco" para no tener que registrarlas?
A mí se me ha ocurrido enviarme las canciones en CD por correo certificado, y no abrir el sobre, con lo cual se acredtia que tal día ya tenía las canciones grabadas, y que por tanto si las registra alguien con posterioridad, me las estará robando, ¿No?.
Lo mismo es una tontería, o estoy paranoico. Alguien me sigue. Me tengo que ir.
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sasisoto
#2 por sasisoto el 18/11/2003
Lee este artículo de aquí mismo. Igual te ayuda
:wink:
https:/www.hispasonic.com/subjects+inde ... id-69.html
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Nenuko
#3 por Nenuko el 18/11/2003
En el caso de q alguien te robe un tema y no lo tengas registrado en algun sitio, se podria denunciar el caso y probar q ese tema es tuyo aportando la elaboracion de ese tema con sus pistas separadas etc...?No se si me explico
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AL-DAR
#4 por AL-DAR el 18/11/2003
y la pregunta es, porque no los quieres registrar ?????
no seria lo mas comodo ??????
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PRoFeTeia
#5 por PRoFeTeia el 18/11/2003
Nenuko escribió:

En el caso de q alguien te robe un tema y no lo tengas registrado en algun sitio, se podria denunciar el caso y probar q ese tema es tuyo aportando la elaboracion de ese tema con sus pistas separadas etc...?


No creo que sirve, toda esa información es fácilmente manipulable. Yo cambio la hora y fecha de mi ordenador y los datos cambian. Los registros y control documentado de las obras por algo están, y esos métodos alternativos no creo que sean factibles. Vamos, yo registro todo en la propiedad intelectual siempre que lo vea susceptible de mostrar interés ajeno y creo que todos deberían hacer lo mismo. Además hoy en día no cuesta nada hacer una partitura con las características que te piden... joer, pues anda que no me he pasado yo horas transcribiendo para cuarteto de cuerda como antaño, y que me pasaré, con papel y lápiz.
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srcsrc
#6 por srcsrc el 18/11/2003
Cojonudo el artículo, Sasisoto, ahora lo entiendo, pero me sigue quedando la duda de si las compañías se saben triqiñuelas, y supongo que aunque la autoría no la da el registro, ellos tendrán algún medio para intentar acreditar que la canción es suya (Aunque sea con testigos falsos, gente de renombre que diga que es suya):
¿Os imaginais a Alejandro Sanz diciendo que mi canción es suya (porque por un casual sea de su estilo, o el que dice A. Sanz, dice a Knopfler :lol: ).
El caso es que un juez, por muchos correos certificados que yo me enviara antes de que ellos la registren, creo que creiría a alguien que ya ha demostrado que sabe componer. (De hecho me parece que a Steve Wonder le pasó algo así)
Por cierto, Nenuko, el sistema este que yo digo (que por cierto, estoy por patentarlo :wink: ), está bin pero lo de poner las pistas por separado y todo eso, no creo que dé resultado, porque ya puestos, no hace falta que una canción sea tuya para que la grabes por pistas. De todas formas te entiendo, y creo que el sistema daría resultado, pero ¿Os imaginais que un día antes de la vista del juicio se os rompe el sobre? :shock:
Sería una putada, porque ahora quien dice que el Cd que había dentro lo mandásteis en esa fecha.
Una idea alternativa: Mandar la partitura por Burofax, depositando el original en correos. :D Estoy que me salgo.
De esta forma, siempre queda un documento oficial que lo atestigua.
¿Se os ocurre algo más?
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ArkaNoise
#7 por ArkaNoise el 18/11/2003
A mí se me ocurre que al final son más molestias esos metodos retorcidos que ir al registro y hacer lo propio. Vamos digo yo.
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Wenfy
#8 por Wenfy el 18/11/2003
Hola..creo que fue en ese mismo artículo, donde Soyuz dió una explicación muy buena acerca de este asunto...en España, en principio, no se considera completamente válido el sistema del envio certificado del CD. Lo unico que te puedo decir, es que la única forma de demostrar que un tema es tuyo, es tenerlo registrado en propiedad. Ni siquiera el hecho de tenerlo registrado en autores, te valdría de cara a un juicio contra alguien que tenga ese tema registrado en propiedad.
Un saludo
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srcsrc
#9 por srcsrc el 18/11/2003
ArkaNoise, ¡Qué poco espíritu aventurero!
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ArkaNoise
#10 por ArkaNoise el 18/11/2003
Alguien escribió:

ArkaNoise, ¡Qué poco espíritu aventurero!

Hombre tb puedes mandar las partituras por mensajeria a estambul. Allí las guardas en una caja de seguridad del mejor banco. Y no las vuelves a abrir hasta que se hayan revalorizado en un 500%, momento en el cual has perdido todos los juicios por no haber ido a la propiedad intelectual y pagar una millonesima parte en dinero de los cabezazos que te vas a dar contra la pared si alguien te roba un tema.

No se si he sido suficientemente aventurero y truculento :twisted:
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Rodrigo
#11 por Rodrigo el 18/11/2003
Según la ley de la propiedad intelectual (que es la que se aplica en estos casos) un tema es tuyo y tienes derechos de copyright con HABERLO CREADO. Además, existen una serie de medios de reforzar ese derecho. A saber:
1) Registrarlo en el registro de la propiedad intelectual.
2) Que un notario meta una copia del cd en un sobre sellado y certifique que tú lo hiciste en tal fecha.

Pero eso son medios para REFORZAR tu derecho. Con cualquiera de las dos cosas tu tendrías una prueba VALIDA de que a tal fecha tu creaste esas canciones y el que te las robó tendría que conseguir probar que el las tenía creadas antes.

Pero el derecho lo sigues teniendo. Así que si, dado el caso, te las robaran tu tendrías que demostrar que las tenías antes. El método del correo es, en principio, válido, pero tendría que convencer al que decida en ese momento. Los métodos contados anteriormente convencerían AUTOMÁTICAMENTE.

Espero haberme explicado.
Saludos
Rodri
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Rodrigo
#12 por Rodrigo el 18/11/2003
AL-DAR escribió:
y la pregunta es, porque no los quieres registrar ?????
no seria lo mas comodo ??????


Para mucha gente no es NADA cómodo tener que hacer partituras de cada canción, que es lo que te exigen en el registro de la propiedad intelectual.

Saludos
Rodri
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yidneth
#13 por yidneth el 18/11/2003
lo del correo sí vale en muchos sentidos

me explico

bueno, yo registro mis temas en propiedad intelecutal
pero me explico
allí no comprueban la autoría
tú simplemente registras/archivas un tema, una prueba física (como lo es el notario o el correo) con una fecha


te comprometes al FIRMAR que erres el AUTOR DEL TEMA, si es demostrable que no eres autor, o existe una autoría previa, DEMOSTRABLE de forma sólida de cuaquier otra forma, entonces el registro de propiedad intelectual pierde validez, ya que has firmado algo algo que no ese corresponde con la realidad


Yo he registrado los temas en propiedad intelectual, ahora que ya apaño con el finale, que no veas que como no he estudiado música, fue un coñazo, pero antes de registrarlos los tuve algunos en internet,
y me informé al respecto

tu firmas como autor
hay una clausula de compromiso a que eres el autor
si no lo eres
y es demostrable
el documento puede quedar invalidado

así que el tenerlo sellado de correo o de notario no está de más

además existen registros de propiedad intelectual en méjico etc, que alterar las fechas (por cuatro billetes debajo de la mesa) para este tipo de litigios, lo sé de buena fé, le pasó a un amigo mío compositor.
siempre te pueden joder, normalmente gana el que paga más abogados, pero mientras más pruebas a tu favor, mejor
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PRoFeTeia
#14 por PRoFeTeia el 18/11/2003
Llegados a ese punto, cualquier método es falsificable, y si te quieren mangar un tema uno que tengo 1000 millones te lo mangará con propiedad intelectual, sin ella, notario o leches, porque se compra al notario, a la notaría, a jueces, jurados y lo que salga de las narices.

No entiendo tanta vuelta para que, parece expediente X, que se haga las partituras y las lleve... de todas formas es poco probable que se muevan muchos billetes para que te roben.
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ganzua
#15 por ganzua el 18/11/2003
Por curiosidad, a los que habeis registrado temas en el registro de la propiedad intelectual, ¿funciona bien el registro de donde vivis?. Yo registre 12 temas en enero de este año y otros de 12 en enero de hace dos años. Y todavia no he recibido la confirmacion de que estan registrados. Me dieron unos impresos sellados al registrarlos, de los cuales el registro se quedaba una copia que creo que enviaban a Madrid y despues no he vuelto a saber mas.

Otra cosa que he leido bastantes veces ultimamente es que cualquiera puede registrar un tema tuyo en la sgae si no la has hecho tu antes y cobrar en vez de ti si genera derechos de autor. Y esto independientemente de que lo tengas registrado en el registro de la propiedad intelectual. ¿Sabeis algo de eso?
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