Soyuz escribió:
Ya, pero a que te refieres con eso, no te sigo.
El drama se ha montado por la introduccion del concepto de irrenunciabilidad ¿no? Repasando el texto de la reforma el termino irrenunciable aparace en ese articulo en concreto (a parte del de los derechos morales).
Segun lo entiendo por ahora en el articulo 18 4b se deja claro quien es el que tiene pagar ese derecho irrenunciable y en que situacion; los fabricantes en tanto actúen como distribuidores comerciales... los distribuidores, mayoristas y minoristas, sucesivos adquirentes....
Esta hablando de individuos concretos (los que integran una cadena de distribucion tradicional) en cuanto haya una actividad comercial.
Segun lo veo, aqui no entrarian portales de musica online gratuitos porque no hay ni fabricacion, ni distribucion comercial, ni soporte, la unica figura relacionada con esa ley es al autor.
En esta estupidez;
Alguien escribió:
a) Para equipos o aparatos de reproducción de
libros:
1.º 16,67 euros por equipo o aparato con capacidad
de copia de hasta nueve copias por minuto.
2.º 135,23 euros por equipo o aparato con capacidad
de copia desde 10 hasta 29 copias por minuto.
3.º 180,30 euros por equipo o aparato con capacidad
de copia desde 30 hasta 49 copias por minuto.
4.º 222,37 euros por equipo o aparato con capacidad
de copia desde 50 copias por minuto en adelante.
b) Para equipos o aparatos de reproducción de
fonogramas: 0,60 euros por unidad de grabación.
c) Para equipos o aparatos de reproducción de
videogramas: 6,61 euros por unidad de grabación.
d) Para soportes materiales de reproducción sonora:
0,18 euros por hora de grabación o 0,003005 euros
por minuto de grabación.
e) Para soportes materiales de reproducción visual
o audiovisual: 0,30 euros por hora de grabación
o 0,005006 euros por minuto de grabación.
¿en que apartado caeria hispasonic? ¿en el apartado d mientras haya una actividad comercial? ¿No hay que hecharle demasiada imaginacion?