Derechos de autor duda con música experimental.

shelton22
#1 por shelton22 el 06/08/2017
Hola a todos, creo este hilo por la necesidad de sacarme una duda con respecto a los derechos de autor dentro de la música experimental, resulta ser que compongo música con ritmos raros, con armonías raras, instrumentos poco usuales, y en dónde encima de la música incorporo grabaciones de conversaciones o ruidos, ahora bien... Me encantaría compartirlas con las personas de todo el mundo pero tengo terror de que alguien decida usar mis trabajos a beneficio propio y desvirtué de alguna forma mis proyectos, entonces les pregunto.. ¿Se puede registrar música experimental? ¿Existen medios gratuitos? ¿si o si necesito contar de una partirura para registrar una ibra o llevando el mp3 es suficiente? Espero qué puedan ayudarme porque estoy muy angustiado, gracias!!
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Australia mod
#2 por Australia el 07/08/2017
shelton22 escribió:
música con ritmos raros, con armonías raras, instrumentos poco usuales,
Nada de eso impide que puedas registrarla. En cuanto a las conversaciones y ruidos, siempre puedes indicar con anotaciones en la partitura qué conversaciones y ruidos quieres incluir. Ten también en cuenta que, para registrar, tampoco es necesario que la partitura contenga absolutamente todos los detalles. Lo importante es que contenga aquello que "define", que "distingue" la obra. Por ejemplo, te puedes encontrar partituras que te indican que en un fragmento de X compases va un "solo".
Por otra parte, parece que en Argentina, el registro de la propiedad intelectual (DNDA) acepta grabaciones. Según http://www.jus.gob.ar/tramites-y-servicios/derecho-de-autor/obras-ineditas/letra-o-musica.aspx#requisitos se puede registrar con "Una copia de la obra -en cualquier soporte" Lo que me sorprende es que indican que la duración es de 3 años, aunque se puede renovar (¿ya de forma definitiva por todo el plazo de duración de los derechos de PI - 70 años tras la muerte del autor?).
El trámite no es gratuito, son $ 25. Si quieres algo totalmente gratuito, mira Safecreative. No es un registro de PI oficial, pero en caso de proceso judicial por plagio, puede servir de prueba de autoría (la diferencia es que el registro en DNDA tiene que aceptarse como prueba en un juicio, otras cosas, como el registro en Safecreative, depende del juez).
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