...si estás dado de alta como "montador de discos" en esa sala.
...si la sala paga a la SGAE "religiosamente".
...si tienes las canciones de esa sesión y son propiedad de la sala.
...hay un vacío legal que se puede interpretar en ambas direcciones: a tu favor y en tu contra en un posible conflicto con la SGAE.
...generalmente en estos casos suelen demandar los artistas de las canciones si pillan el cd de casualidad y comprueban que no han pagado la licencia de venta de ese cd de la sesión. También se exige el depósito legal.
...no pongas nada de "Cd promocional, prohibida su venta", porque como dice Atlcala, también hay que pagar por ello.
...simplemente haz una carátula con el nombre de la sala o foto, con el tuyo y foto y pon sesión de fecha X . Ese Cd, con lo que te he dicho es legal. Lo que ocurre es que debes poner en letra pequeña y en el reverso: propiedad de discoteca X.
...no quiero entrar en discusiones (ahora no tengo ganas, estoy de bajón) y cada uno que opine lo que quiera y piense lo que quiera, pero ésto que he dicho está consultado de hace años con un inspector/controlador de la SGAE y todo depende del pago "religioso" de la sala a la SGAE. Aunque pueden demandar, tambien se puede interpretar que son cds de uso de la discoteca aunque los tenga un cliente.
...poner la frase "uso promocional", es reconocer que te lucras por él y pedirán cuestas...
...que salgas tu en la portada y la foto de la sala, no pasa nada. Legalmente yo puedo hacer un Cd con tu foto y con la foto de tu sala y venderlo y no podrían demostrar que es de la sala, salvo pillada infraganti.