"tricky2k" escribió:
1.- Ve por la derecha.
D4v escribió:
puede que valla por la izquierda por estar adelantando a un vehículo que va mas lento
Pues eso.
SI tu vas a 120 que es la velocidad máxima en una autovía, según la ley no te puede adelantar nadie porque vas a la velocidad máxima permitida y está prohibido sobrepasar la velocidad máxima permitida. Sin embargo si va a 119 puedes superar la velocidad máxima para adelantar no recuerdo en cuantos km/h más, no se si 10 o 20.
Al igual que los lentos. Un vehiculo no puede circular por una vía por debajo de la mitad de la máxima, es decir, en autovía el máximo son 120 tu no puedes circular por debajo de 60 km/h, de ahí que los ciclomotores no estén permitidos en autovías ya que años atrás estos legalmente no podían pasar de 50 km/h.
tricky2k escribió:
2.- Las luces, los intermitentes, incluso la bocina en casos extremos, son señalizaciones contempladas en el manual de circulación para pedir el adelantamiento. La peineta, en cambio, no.
Los intermitentes están contemplados para informar a los demás conductores que tu vehículo va a cambiar de dirección. Que de facto indiques al que llevas delante que lo quieres adelantar no te lo discuto, igual que si el de delante te pone el izquierdo mejor que no adelantes porque igual viene alguien.
Las ráfagas según el artículo 100. Alumbrado de largo alcance o carretera.
La luz de largo alcance o de carretera podrá utilizarse aisladamente o con la de corto alcance.
2. Se prohíbe la utilización de la luz de largo alcance o de carretera siempre que el vehículo se encuentre parado o estacionado, así como el empleo alternativo, en forma de destellos de la luz de largo alcance o de carretera y de la luz de corto alcance o de cruce, con finalidades distintas a las previstas en este reglamento.
4. Los supuestos de circulación en los que se produzca deslumbramiento al resto de los usuarios de la vía y de circulación sin alumbrado en situaciones de falta o disminución de visibilidad tendrán la consideración de infracciones graves, conforme se prevé en el artículo 65.4.e) del texto articulado.
Como se puede observar las ráfagas no están contempladas en el Reglamento General de Circulación como señal para pedir paso, y desde el año 90. Así que los flipados que van a velocidades incoherentes haciendo lucecitas creyendose que la carretera es de ellos mejor que se vayan a un circuito a correr.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2003-23514
La peineta no es para pedir paso, es para enviar a tomar por **** al poco educado en las formas de conducir, de facto es lo que usamos todos.