¿Dónde licenciar tu música para que Youtube la detecte?

Hiken
#1 por Hiken el 12/02/2019
¡Hola, gente!

Veréis, acabo de terminar una canción (compuesta, grabada, producida y finiquitada ya), le he hecho un lyric vídeo y quiero subirlo a Youtube. El tema está en que soy muy tiquismiquis con el tema de registrar la autoría, y voy a registrarla en Propiedad Intelectual (la oficial, la que está gestionada por las comunidades autónomas en España).

Mi duda está en si puedo hacer lo mismo a nivel digital para que luego no tenga problemas al subir a Youtube, Spotify, etc y me detecte la autoría directamente. He tenido un grupo de música que iba por sello discográfico, y al subir los temas a Youtube te detectaba directamente el nombre y la autoría (adjunto captura abajo para que sepáis a qué me refiero).

Todo esto lo gestionó nuestro sello discográfico, pero me gustaría saber cuál es la forma de hacerlo yo individualmente, dado que voy a lo indie ahora, así como poder gestionar dichos permisos si el día de mañana quiero subir las cosas a más sitios y que todo esté automatizado y protegido. Tengo entendido que cuando subes algo con derechos, Youtube suele detectarlo automáticamente y a veces hasta retira vídeos, y sería una risa que Youtube me eliminase mis propias creaciones siendo yo el autor. En fin, a ver si alguien me resuelve estas dudas.

¡Gracias!
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kamikase ♕ ♫
#2 por kamikase ♕ ♫ el 12/02/2019
Con el registro de la obra (la legal) puedes registrar tu canción en alguna plataforma digital como autor e interprete (todo esto a cambio de un porcentaje de administración) y esto lo puedes hacer en cualquiera administradora de contenidos digitales (CDBaby, The Orchard, etc).
Estos cobran y administran tu publicación, y ellos le pagan a tu entidad de gestión colectiva (como SGAE, ASCAP u otras), que son quienes cobran a los que cobran para pagarte a ti.
Registrar el tema solo declara legalmente que el tema es tuyo, propiedad intelectual no tiene atributos legales para cobrar o administrar, solo dan cuenta que el autor de la obra eres tu. Para gestionar tus ganancias, debes registrarte en una entidad de gestión colectiva.
Para cobrar derechos conexos o fonográficos, debes registrarte además como productor discográfico en la misma entidad de gestión colectiva.

Eso es todo.

Saludos.
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Hiken
#3 por Hiken el 13/02/2019
Hola kamikase, gracias por tu pronta y concreta respuesta. Me ha servido para enterarme mejor de todo esto.
A raíz de tu respuesta, me vienen a la mente tres dudas:

1 - Si subo mi música de forma independiente a Youtube (sin agregadores) y más adelante decido contar con los servicios de un agregador como CD Baby (por ejemplo) porque decido recopilar todas las canciones (que he ido subiendo individualmente con anterioridad a Youtube) en un disco para Spotify y otras redes... ¿CD Baby me bloquearía mi propio canal de Youtube donde subí mis canciones con anterioridad a contratarles? O en tal caso, en dicho canal mío de Youtube, ¿aparecería que por fin las canciones están licenciadas y a mi nombre a través de CD Baby?

2 - ¿Es imposible cobrar o gestionar el rendimiento económico de mis obras si no es a través de una entidad de gestión como SGAE?

3 - Para poder gestionar mi propio Spotify a través de "Spotify for Artist", ¿necesito a la fuerza que previamente mi música la haya subido un agregador?

¡Gracias por tu tiempo!
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kamikase ♕ ♫
#4 por kamikase ♕ ♫ el 13/02/2019
1.- cuando hagas el convenio aparecerían las canciones con la licencia correspondiente.
Incluso se da el caso de que te lleguen mensajes de youtube que has subido una canción con copyright y que te la borrarán. Debes hacer la impugnación entregando tus datos de licencia y se resuelve el problema.

2.- Legalmente e internacionalmente sólo una entidad de gestión que represente y administre puede cobrar, recaudar y distribuir los derechos generados por una obra musical, literaria o cinematográfica. Una persona natural no puede hacerlo por si mismo. Por obligación debes estar registrado con tus obras en una entidad de gestión. Y ojo... puedes registrarte en alguna fuera de tu país y dejar arreglado para que depositen mediante transferencia internacional. (Debes averiguar si eso es posible en tu país por motivo de impuestos).

3.- Para gestionar tu spotify artist debes tener cedida tu licencia a un administrador necesariamente. O el dinero generado no sera recaudado.
Un agregador es recomendable. (Cdbaby u otros) ya que ellos son quienes distribuyen en todas las plataformas automáticamente.

Saludos.
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josefino
#5 por josefino el 16/11/2023
Entonces, si esto no ha cambiado mucho, para que un tema tuyo (como compositor y productor) se pueda reproducir en Youtube, Spotify y otros canales, los pasos correctos serian:

- Registro mi obra en la Sociedad General de Autores.
- Me doy de alta en la SGAE
- Contrato un agregador para que lo promueva.

Es correcto?

Gracias
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kamikase ♕ ♫
#6 por kamikase ♕ ♫ el 16/11/2023
josefino escribió:
- Registro mi obra en la Sociedad General de Autores.

En Propiedad Intelectual, esto para acreditar que la obra es tuya.
josefino escribió:
- Me doy de alta en la SGAE

Esto es para poder cobrar lo que genere la obra por ejecución pública. (radioemisoras, tv, cine, comerciales, o si publicas un fonograma, Cd, bluray etc). En el caso de editoriales, cine, CD o vinilo, se deben pagar previamente las licencias de acuerdo al número de ejemplares puestos a la venta, y posteriormente pagar las liquidaciones trimestrales.
josefino escribió:
- Contrato un agregador para que lo promueva.

Esto es ceder licencia de administración y cobranza en agregador y editora digital. (tipo CDBABY, orchid, believe, etc).
Ella cobra todo lo que genere youtube, Spotify, tidal, tiktok, o cualquier plataforma digital donde se haga click para escuchar o donde se publique tu obra.
Para recibir dinero, es preferible tener cuenta paypal en dólares. Si lo haces por deposito bancario entre lo que cobra el banco, impuestos y retenciones, no recibirás mucho.

Eso es todo.
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josefino
#7 por josefino el 16/11/2023
Gracias amigo.

El primer punto efectivamente quería decir la Propiedad Intelectual.
(el único punto que tengo hecho y lo digo mal :-P)

La famosa licencia, entonces es la SGAE quien la emite?

Es el agregador lo sube a Youtube o lo subo yo?

Gracias por el dato de Paypal también.
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kamikase ♕ ♫
#8 por kamikase ♕ ♫ el 16/11/2023
josefino escribió:
La famosa licencia, entonces es la SGAE quien la emite?

No.
Cuando firmas con SGAE les licencias un poder de administración, y les entregas tus canciones.
Con ese poder, ellos administran y recaudan lo que generen tus obras.

josefino escribió:
Es el agregador lo sube a Youtube o lo subo yo?

De la misma forma, debes registrarte en el agregador, y cuando ya entregues todos tus datos y les entregues el poder, podrás subir a la plataforma una a una tus canciones (las que quieras), ellos crearán un número de registro internacional y una "huella" digital para reconocer tu canción en cualquier plataforma on Line.
La agregadora se encargará de entregar a todas las plataformas tu canción para distribución internacional y para recaudar, lanzará la "huella" digital de tu obra.
Esta "huella" recorrerá como un sabueso cada rincón de Internet, y apenas huela alguna de tus canciones saldrá corriendo a reconocerla, y cobrará por su uso.
En caso que la encuentre en youtube (por ejemplo) le saltará una advertencia a quien la haya subido y la monetizará.
En el caso que el usuario se rehuse, la bloqueará.
Para subir tus canciones al agregador, la debes tener bien Grabada y bien masterizada de acuerdo a ciertos parámetros de difusión y calidad que exigirá cada agregador.
Eso sería todo.
Con respecto al agregador, debes tener en cuenta que dependiendo de cada plataforma cobrarán un porcentaje de administración, y algunos más y otros menos, te cobrarán impuestos.
En mi caso particular tengo mi catalogo en CDBABY, ahí me retienen un 30% en impuestos de cada liquidación mensual.
Puedes creer que es mucho, pero si me pagaran directamente a transferencia bancaria recibiría un 30% de lo que genero, en lo que cobra el banco por transferencia más impuestos, o sea, perdería casi un 70%.

Eso sería todo.
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1
josefino
#9 por josefino el 16/11/2023
De nuevo muchas gracias; me quedó todo mucho más claro.

Wow, Tunecore administración de royalties $75.. casi nada :-x
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Javier Arnanz
#10 por Javier Arnanz el 16/11/2023
Yo tengo bastante musica, sobre todo para audiovisual en SGAE registrado y por lo que he visto solo me generan beneficios la música que he hecho para documentales que se han proyectado en cine y emitido en TV, la SGAE te controla en todo el mundo pero las productoras son muy kukas y no siempre comunican todas las emisiones en alguna tele de algún pais a la SGAE. Los temas musicales que no pertenecen aningun documental, pelicula, anuncio, programa de TV etc.. (audiovisual) no me generan absolutamente nada. Pero volviendo al tema. si quieres que te reporte beneficios tu música tal cual, lo lógico y correcto es que lo subas a alguna plataforma de distribución como distrokid, cdbaby etc... Ellos se encargan de gestionar la distribución en spotify, aple music, dezer etc...y todos los permisos correspondientes como los de los covers que subas también (pagando un canon al autor a traves de ellos). Cuando subes los temas que quieres que te gestionen te pregunta si das permiso para que los utilicen en youtube o si por el contrario quieres que se prohiban, con lo cual en este último caso no te reportará ningun beneficio en youtube y youtube penalizará al autor del video y lo eliminará. Yo le daría permiso, a mi por lo menos me viene bastante dinero por esa via, pero tu sabrás lo que quieres hacer. También hay una opción para detallarle a tu distribuidora algún video que no quieres que le penalice, ni le desmonetice.
Para registrar los temas, el sitio mejor, como bien dice Kamikase, en la propiedad intelectual, pero es un coñazo impresionante y te hacen pagar. Hay otras opciones válidas como Safe Creative. Lo único que tienes que tener en cuenta es que en caso de plagio, la persona que tiene registrado en la propiedad intelectual tiene algo de ventaja, no tiene que demostrar su autoría. es el contrario el que tiene que presentar las pruebas al juez de que se subió con anterioridad, lo cual es una ventaja que hay que sopesar.
Espero que te sea de ayuda
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eddietrooper
#11 por eddietrooper el 16/11/2023
En CD baby actualmente por sólo 10 euros (antes era más caro) puedes subir un álbum entero y lo suben a todas las plataformas digitales incluida youtube con detección de tu música etc.
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kamikase ♕ ♫
#12 por kamikase ♕ ♫ el 16/11/2023
Javier Arnanz escribió:
tengo bastante musica, sobre todo para audiovisual pero las productoras son muy kukas y no siempre comunican todas las emisiones en alguna tele de algún pais a la SGAE.

Eso es completamente distinto.
Para "SINCRONIZACION" (esto es para series, películas, documentales y cualquier productora que necesite incluir tu música para audiovisual) el tema permisos y licencias es distinto.
Cuando me contactan para "sincronizacion" de algún tema (Amazon, Netflix, Paramount u otro), despues de llegar a acuerdo económico por el permiso fonografico (que lo debo autorizar mediante contrato), simultáneamente la productora debe obtener la licencia por derecho de autor.
Aquí es cuando comienza el problema.
Todo el catálogo está registrado con SCD (en tu caso es SGAE) pero SCD metió la pata y entregó la licencia de sincronizacion a Warner Chappell para el resto del mundo. SCD solo puede autorizar para Chile. El problema con Warner Chappell es que debe autorizar desde Argentina, y esto genera un cuello de botella donde nadie resuelve algo que debería resolverse en 10 minutos.
Hace no mucho perdí con Amazon la oportunidad de "sincronizacion" de una nueva serie porque habiendo autorizado yo, Warner Chappell en más de una semana no respondió a una llamada o un correo.
Al final, Amazon decidió buscar otra opción que no dilatara la decisión.

Debes tener en cuenta que con la "sincronizacion" por Amazon, Netflix, Paramount u otra, te dan un pago inicial por la licencia y autorización, y luego te llega dinero por la "emisión" en cada país donde se distribuye la serie y eso te llega semestralmente por que, dependiendo quien recaude (creo que en tu caso debería ser SGAE) factura mediante el método pactado.
Algunas productoras emiten pagos directamente sin intermediarios, otras pagan mediante asociación autoral.

Saludos.
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josefino
#13 por josefino el 16/11/2023
Gracias cracks. Muy interesante esto =D>
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