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mod
Hola, buenos días,
He recibido una carta de la seguridad social de Alicante en representación de la empresa en la que me piden 2000 euros más 500 por recargo que, según ellos, les debo. La realidad es que en marzo de del año pasado les realicé la última compra con ellos por valor de 3800 € y utilicé la financiera aplazame, la cual todavía estoy pagando cada mes. Por mi entender, yo no tengo ninguna relación con ellos, ya que la financiera ya pagó la cantidad del producto al aprobarse mi solicitud, por lo que no entiendo nada ni tampoco esa cantidad.
¿Alguien que le haya pasado lo mismo sabe qué hay que hacer?
Gracias.
He recibido una carta de la seguridad social de Alicante en representación de la empresa en la que me piden 2000 euros más 500 por recargo que, según ellos, les debo. La realidad es que en marzo de del año pasado les realicé la última compra con ellos por valor de 3800 € y utilicé la financiera aplazame, la cual todavía estoy pagando cada mes. Por mi entender, yo no tengo ninguna relación con ellos, ya que la financiera ya pagó la cantidad del producto al aprobarse mi solicitud, por lo que no entiendo nada ni tampoco esa cantidad.
¿Alguien que le haya pasado lo mismo sabe qué hay que hacer?
Gracias.
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La reclamación es de la seguridad social y no te reclama que pagues a BPro sino que en caso de que tuvieras deudas con BPro, en vez de pagarles a la tienda, le pagues a la seguridad social.
Porque BPro también tiene deuda con ellos. Como si estuvieran embargados.
Mi asesoría me dijo que es obligatorio contestar y decir que no tiene deudas con BPro.
Yo también me llevé el susto
Porque BPro también tiene deuda con ellos. Como si estuvieran embargados.
Mi asesoría me dijo que es obligatorio contestar y decir que no tiene deudas con BPro.
Yo también me llevé el susto
Lo que estáis diciendo no tiene ningún sentido a no ser que tengáis una empresa y la empresa que reclama sea vuestro proveedor y.... en caso de que hayas comprado "mercaderías" a pagar en un plazo X.
Vamos, que yo no comprendo nada de lo que estáis diciendo y aun menos si estas pagando a plazos con una empresa que financia compras, que no se puede considerar ni linea de crédito, aunque si las hay que son lineas de crédito, que gastas y cuando rellenas puedes volver a gastar.
Vamos, que yo no comprendo nada de lo que estáis diciendo y aun menos si estas pagando a plazos con una empresa que financia compras, que no se puede considerar ni linea de crédito, aunque si las hay que son lineas de crédito, que gastas y cuando rellenas puedes volver a gastar.
mod
#35 Ah vale, está claro. Suena a suspensión de pagos. Solo especulo, pero seguramente la Seguridad Social es su acreedor (tienen deudas con ella) y en la prelación de créditos tiene prioridad, así que primero cobrarán los empleados y la SS antes que los clientes, que serán de los últimos. En caso de que haya algo para pagar, claro.
#38 No no, si no hay nada que disculpar, es que no se entiende el asunto, en el momento que tu contratas una linea de crédito, leasing, confirming, préstamo o lo que quiera que hayas contratado, tu deuda es con la entidad que te ha concedido el crédito, no con la seguridad social que no pintan nada en este asunto, si esa empresa debe pasta su problema es, solo falta ser estafado por esa empresa y luego por la seguridad social, no se que pintan esos en este asunto, ni que al comprar algo te hicieran socio de la empresa.
¿se me entiende no?.
Estafado por doble partida, justo estoy estudiando auditoria contable y es que todo esto no hay por donde cogerlo.
La seguridad social puede embargar pasivos y activos de la empresa, pero embargar a personas estafadas por la empresa ya es de traca, que ojo, no digo que no sean tan cara duras de hacerlo, solo digo que no tiene sentido de ninguna de las maneras.
Por poner un ejemplo, una empresa defrauda a hacienda 20 millones de euros, pero como tu le has comprado a esa empresa algo a plazos eres socio y te piden 300.000€ por que has comprado algo a esa empresa y eres parte de ella por que sigues pagando a un a sabiendas de que están defraudando a hacienda, ¿tiene sentido?, no verdad, pues esto es lo mismo.
¿se me entiende no?.
Estafado por doble partida, justo estoy estudiando auditoria contable y es que todo esto no hay por donde cogerlo.
La seguridad social puede embargar pasivos y activos de la empresa, pero embargar a personas estafadas por la empresa ya es de traca, que ojo, no digo que no sean tan cara duras de hacerlo, solo digo que no tiene sentido de ninguna de las maneras.
Por poner un ejemplo, una empresa defrauda a hacienda 20 millones de euros, pero como tu le has comprado a esa empresa algo a plazos eres socio y te piden 300.000€ por que has comprado algo a esa empresa y eres parte de ella por que sigues pagando a un a sabiendas de que están defraudando a hacienda, ¿tiene sentido?, no verdad, pues esto es lo mismo.
A ver, cuando se compra algo a plazos tu contraes un compromiso de pago a una entidad financiera, ¿que la entidad financiera es la misma empresa que le debe pasta hasta al apuntaor?, el problema es suyo, que la seguridad social requiera dinero a alguien estafado me parece ya para ir al constitucional, enserio lo digo, se me escapa de las manos este asunto, que ojo, tampoco me extrañaría, a mi mujer la multaron por irse al extranjero y no tiene pasaporte, cosas mas raras se han visto.
azcadj escribió:La reclamación es de la seguridad social y no te reclama que pagues a BPro sino que en caso de que tuvieras deudas con BPro, en vez de pagarles a la tienda, le pagues a la seguridad social.
Una ultima cosa y dejo de ser tan cansino, si se supone que no han recibido ni el producto, ¿que deuda tienen con Bpro?
#34 Eso es algo que yo tampoco entiendo, la verdad, pero dada la situación por la que pasa la empresa, pues puede ocurrir. Lo que no entiendo es lo de pedirme esa cantidad tan aleatoria, la verdad, y lo único que puedo pensar es que lo pidan porque la empresa tenga esos datos, vete a saber de qué.
#35 Gracias por la aclaración y es lo que me dijo la seguridad social que tenía que hacer, ya que a ellos no les consta ninguna deuda mía, pero el susto de la carta y el perder el tiempo en informarte te lo llevas por la gracia divina de su propietario que vete a saber qué ha hecho con la empresa y como la gestionaba.
#36 Yo tampoco entiendo nada porque no tengo ninguna relación con la empresa desde hace más de 1 año y mi relación es con la financiera…
#35 Gracias por la aclaración y es lo que me dijo la seguridad social que tenía que hacer, ya que a ellos no les consta ninguna deuda mía, pero el susto de la carta y el perder el tiempo en informarte te lo llevas por la gracia divina de su propietario que vete a saber qué ha hecho con la empresa y como la gestionaba.
#36 Yo tampoco entiendo nada porque no tengo ninguna relación con la empresa desde hace más de 1 año y mi relación es con la financiera…
Hola os dejo una captura del BORME del 9 de mayo de Alicante donde viene publicado el concurso de acreedores de Bpro Audio.
Me ha llamado la atención, que no hubiera administrador concursal, he curioseado un poco mas y por el tipo de concurso que han solicitado (ojo a partir de aquí es una opinión e interpretación personal mía), tiene un año de plazo no se si desde la resolución del juez o cuando lo ha solicitado para poder ir liquidando las deudas pendientes con acreedores y poder liquidar definitivamente la sociedad y darla de baja en el registro mercantil.
Hay pagos prioritarios como trabajadores seguridad social....
Me imagino que alguien se estara encargado de poner todo en orden en la empresa las cuentas, reclamar deudas, pagos a proveedores, hacienda, seguridad social etc, la gestión del día a día si tiene actividad.
#44 menos mal que se ha resuelto, vaya susto.
Me ha llamado la atención, que no hubiera administrador concursal, he curioseado un poco mas y por el tipo de concurso que han solicitado (ojo a partir de aquí es una opinión e interpretación personal mía), tiene un año de plazo no se si desde la resolución del juez o cuando lo ha solicitado para poder ir liquidando las deudas pendientes con acreedores y poder liquidar definitivamente la sociedad y darla de baja en el registro mercantil.
Hay pagos prioritarios como trabajadores seguridad social....
Me imagino que alguien se estara encargado de poner todo en orden en la empresa las cuentas, reclamar deudas, pagos a proveedores, hacienda, seguridad social etc, la gestión del día a día si tiene actividad.
#44 menos mal que se ha resuelto, vaya susto.
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