Derechos de autor (ARGENTINA)

churroloco
#1 por churroloco el 24/12/2016
Buenas, la cosa es así.

Yo quiero registrar mis canciones. la letra y la interpretación son mias (la grabación y la mezcla tambien). Solo, la instrumental la produce otra persona.

Con esa persona, llegamos a un acuerdo de que tengo los derechos exclusivos de la misma (es decir, las regalias y el copyright de la instrumental son mios).

Ahora, a la hora de registrar la canción ¿como especifico eso? Es decir, calculo que tendré que poner quien hizo la instrumental. Pero como especifico que los derechos y las regalias van para mi?

No sé si me explique correctamente

saludos
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Australia mod
#2 por Australia el 24/12/2016
En el caso de Argentina, en la Dirección Nacional del Derecho de Autor registras las canciones. En el formulario B indicas quienes sois los autores (tú mismo y la otra persona), especificando si lo sois de la música, letra o ambas cosas. Si el otro autor te ha cedido los derechos de explotación no se considera titular. En la misma DNDA puedes registrar el contrato de cesión (es otro trámite), que sirve como demostración de que, aun siendo autor, te cede a tí esos derechos de explotación (lo que habitualmente llamamos "copyright").
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churroloco
#3 por churroloco el 24/12/2016
#2 Muchas gracias :)

Sabes si se requiere la presencia de la otra parte? O hay una forma de "autorizar" a distancia? (por si estan en distintas provincias).
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Australia mod
#4 por Australia el 24/12/2016
Hola,
Perdona si he dado la sensación de conocer esto de primera mano (yo vivo en España). Lo que he hecho ha sido mirar la web y los formularios e interpretar lo que dicen. Como sé de derechos de autor he creído que eso te sería útil. Siguiendo con este enfoque, mi interpretación, considerando lo habitual en un registro de propiedad intelectual es la siguiente. Puedes ser sólo tú quien vaya al registro, tanto para el trámite de registrar los derechos de autor de las canciones como para el de registrar el contrato de cesión.
En el primer caso, como estás solicitando inscribir el derecho de autor de esa otra personas, necesitas su autorización, por alguno de los medios que te aparecen en http://www.jus.gob.ar/tramites-y-servicios/derecho-de-autor/obras-ineditas/letra-y-musica.aspx
En el segundo caso, no necesitas esa autorización, pero debes presentar el contrato original y una copia simple (fotocopia) http://www.jus.gob.ar/tramites-y-servicios/derecho-de-autor/contratos/obras-musicales-ineditas-o-publicadas.aspx
De todas formas estoy pensando ahora que quizá, desde el punto de vista estrictamente legal, si en el primer formulario se indica ya que el otro autor no es titular, no es necesario registrar el contrato (aunque nunca está de más).
En cualquier caso ¿has intentado contactar con la DNDA (011) 4124-7200 o info_dnda@jus.gov.ar y no te han ayudado?
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churroloco
#5 por churroloco el 26/12/2016
#4 Muchas gracias por tu ayuda :D

Me informaré mas a ver que onda :D

Ahi me acabo de contactar con DNRA, veré que me dicen.

Muchas gracias por tu ayuda ;)
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Australia mod
#6 por Australia el 26/12/2016
¡De nada! Suerte en tu contacto con la DNDA y, si puedes, nos escribes para decirnos qué te han contestado.
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