MadridHifi - Desatencion al cliente

Teo Tormo
#76 por Teo Tormo el 29/10/2022
Australia escribió:
También es casi imposible revertir esa descarga o registro para que la tienda pueda incluirlos en una próxima venta del equipo.

Por experiencias con diversas empresas de software, les cuesta tres clicas de ratón desactivar el registro del software. De todos modos, el comprador tampoco ha comentado si llegó a activar el software, si no lo ha activado, pues el software sigue intacto, y tal y como indica la ley no se cumple la condición de que haya sido desprecintado o de que haya comenzado su uso.
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Australia mod
#77 por Australia el 29/10/2022
No he hecho una redacción acertada en #75 . Lo que yo quería resaltar es que el producto vendido es la interfaz + programas y que eso no es separable. Entonces, a esos programas se les aplica lo que indica MadridHifi en su web como razón para no aceptar el desistimiento: programas informáticos que hubiesen sido desprecintados por el cliente y/o todos aquellos productos que sean susceptibles de ser descargados, reproducidos o grabados con carácter inmediato y de forma permanente. Como dice y/o, significa que de acuerdo a ese punto, no es necesario desprecintar nada, ni haber usado el programa: basta con que haya la posibilidad de ser descargados con carácter inmediato y de forma permanente cuando recibes el equipo.
Lo anterior, de todas formas, sólo apoyaría el que en este caso MadridHifi ha avisado previamente de esa excepción al derecho de desistimiento.
Esa excepción ¿está de acuerdo a la ley? Creo que no se puede argumentar que no lo esté si no se han activado los programas. Ya que en el artículo 103 m), no dice nada de que esta excepción al desistimiento dependa de que los programas se hayan activado. Lo mismo nos estamos liando con el término "ejecución", porque ese artículo dice El suministro de contenido digital que no se preste en un soporte material cuando la ejecución haya comenzado...Ejecución aquí no se refiere a ejecución del programa, sino a ejecución del contrato. Eso es un término legal que se refiere a la fase cuando, tras haber firmado un contrato, las partes cumplen con lo que se dice en el mismo. Por ejemplo, que el vendedor debe suministrar el producto o servicio comprado (mirad el Artículo 109 de la LGDCU).
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Teo Tormo
#78 por Teo Tormo el 30/10/2022
Australia escribió:
programas informáticos que hubiesen sido desprecintados por el cliente y/o todos aquellos productos que sean susceptibles de ser descargados, reproducidos o grabados con carácter inmediato y de forma permanente.

Pero aquí Madrid HiFi hace un "megamix" de los apartados del artículo 103 para que el redactado quede bastante más conforme a sus intereses. Lo más parecido en el artículo 103 es esto:
Alguien escribió:
i) El suministro de grabaciones sonoras o de vídeo precintadas o de programas informáticos precintados que hayan sido desprecintados por el consumidor y usuario después de la entrega.


Por otra parte, si como afirmas el software es indivisible del hardware, Madrid HiFi debería retirar de la descripción del producto lo de que no se hacen cargo del software y que eso es cosa del desarrollador. Creo que queda bastante claro que lo que debe de venir con la interfaz es un código de activación que quizá en algún momento caduque, si el código caduca Madrid HiFi no quiere saber nada, búscate la vida con el desarrollador , pero si quieres devolver el producto, en ese caso el código sí es relevante. Me temo que la tienda está ejerciendo gracias a su posición ventajosa como distribuidor final unas políticas abusivas en las que el perjuicio, en todas las situaciones recae sobre el consumidor, que es la parte más vulnerable. Algo que por cierto, no suele gustar a los jueces.
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Australia mod
#79 por Australia el 30/10/2022
Teo Tormo escribió:
Pero aquí Madrid HiFi hace un "megamix" de los apartados del artículo 103 para que el redactado quede bastante más conforme a sus intereses.
Tienes razón.
Por otra parte es que nos hemos liado (al menos yo en #75 y #77 ) con el Artículo 103 m), que no tiene que ver con esta situación. Porque ese artículo habla de contenido digital, pero eso no son programas. Quizá eso explica lo que yo decía de que su punto 1º parecía estar redactado pensando en servicios de streaming y similares (aunque seguramente tampoco es eso, ya que habla de suministro, no de servicios, por lo que probablemente se refiere a descarga de libros, juegos, etc).
Empezando entonces de cero, el artículo de la LGDCU 103 i) que has citado en #78 es el que habla específicamente de cuándo no hay derecho de desistimiento para programas. Y ahí sí que dice que no hay derecho al desistimiento sólo si estaban precintados y han sido desprecintados.
Al hilo de esto ¿hay alguna normativa legal que permita a las empresas decir que no puedes devolver programas informáticos una vez has activado la licencia? Porque ahí no aplica el 103 i)
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Max
#80 por Max el 30/10/2022
Teo Tormo escribió:
Por otra parte, si como afirmas el software es indivisible del hardware, Madrid HiFi debería retirar de la descripción del producto lo de que no se hacen cargo del software y que eso es cosa del desarrollador

...es que no es caso del desarrollador. Es la acción de la venta en sí: "cualquier cosa con software" está supeditada a la ley que permite que el peso de "la duda" sobre si se ha activado el programa o no, recaiga sobre el comprador....ya que es el único que puede hacerlo cuando compra el producto. Es muy simple.

...creo que en este debate se enumeran varias cosas y las mezclamos con resultados "particulares" para cada uno:

1.- El malestar de un comprador porque el vendedor no quiere hacerse cargo de una devolución (a pesar de un error reconocido) alegando de que hay software de por medio (que -repito-, me gustaría saber si ese software se llegó a registrar....que aunque no lo fuera, sigue amparando la ley al vendedor...pero el "resultado moral" sería otro....por supuesto.

2.- La interpretación particular de las leyes por parte de cada uno....aunque tanto lo que permite la ley como lo que exige....está muy claro....aunque luego haya interpretaciones por parte de los jueces, habiendo jueces que den la razón al consumidor y otros no. (Puñetera lotería).

3.- La acción de una tienda que "se agarra" a que puedes haber activado el software y por la ley de propiedad intelectual habiendo riesgo de piratería, pues se desestima la devolución del producto.

4.- La acción del comprador que le sienta mal que no le devuelvan el producto, independientemente de todo lo demás.

5.- El debate de que no nos gustan las leyes actuales en este sentido....pero claro....hay que acatarlas por todas las partes....tanto por los vendedores como por los compradores....independientemente de la "posible picaresca" por parte de los compradores y de la "posible mala Fe" en las acciones por parte de los vendedores que no atienden a queja alguna basándose en los términos legales que amparan a las partes.

...tampoco sabemos la versión de Madrid Hifi, del por qué no se ha querido aceptar el desestimiento. Intentaré contactar con algún empleado para que (si quieren y les parece bien), nos den su versión que puede aclararnos varias cosas, ya que dudo mucho que cualquier tienda (no sólo Madrid Hifi) actúe de manera deliverada en contra de la ley del consumidor.....sobre todo cuando es una empresa con un volumen de venta "considerable".
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Teo Tormo
#81 por Teo Tormo el 30/10/2022
#79 Bueno por partes, en primer lugar yo no tengo tan claro que el 103 M no aplique aquí por el tema de que “contenido digital” no se refiera a programas. Tú mismo me dices que ese redactado está pensado para “descarga de libros o juegos” , ¿en qué se diferencia un juego de un software musical? A fin de cuentas es software, con finalidades diferentes (ocio uno, productividad el otro), pero software compilado al fin y al cabo. Si yo me voy al 103 m es porque es el único que habla de contenido descargable, el 103 i habla, tal y como lo entiendo yo del típico software en el que compras un cd precintado que viene en una caja precintada, y me temo que no es el caso, aquí lo que tienes es un código de activación que viene en la caja de un hardware.
Pero igualmente hagamos lo que dices y comencemos de cero, pero yo te propongo para ello irnos más atrás de todos los artículos e ir al “espíritu” de la ley, lo que impulsa su redacción, y no es otra cosa que proteger al consumidor, para ello ofreciendo la posibilidad de que cuando realiza una compra a distancia pueda ejercer el derecho al desistimiento porque al no comprar el producto en persona en una tienda no puede chequear si el producto le gusta. Esto aparece tal cual incluso en la redacción de la normativa europea, y nuestra ley no es más que una trasposición de esa normativa. Dicho esto, ¿cómo va a chequear un usuario un producto hardware si al abrir la caja la tienda le aplica que “ha desprecintado” el software que la acompaña? (cuando realmente el software ni tan siquiera está ahí!! Sólo es un código). Sería hacer un uso torticero de una ley pensada para defender precisamente al consumidor, y la tienda obra de mala fe cuando emplea una ley desarrollada para defender al consumidor para perjudicarlo negándole su derecho al desistimiento.
Creo que a la hora de interpretar una ley hay que fijarse más en su espíritu, y el de esta ley es proteger al consumidor. Si se aplican excepciones al derecho al desistimiento son excepciones pensadas para que el consumidor no vaya de listo y trate de devolver cosas tras copiarlas o consumirlas en su totalidad (ver una película), las excepciones no se incluyen para que una tienda se coja lo que más le conviene de una parte y otra y se construya con eso una excepción a medida que le permita denegar la devolución de un hardware. Repito: es una ley pensada para proteger al consumidor, no para perjudicarle, y aquí parecr que se busca por parte de la tienda la interpretación que más le conviene.

#80 Me parece excelente que contactes con alguien de la tienda porque es probable que eso haga que, independientemente de lo que diga la ley, terminen devolviendo el dinero a esta persona, ya que en un foro tan concurrido como este, y si lees las opiniones del resto de usuarios, están quedando por los suelos. Si viene por aquí algún representante de la tienda y da alguna explicación legal de por qué no devuelven algo al cliente, independientemente de que tenga razón o no, va a quedar como el culo. Así que fantástico, que vengan a dar la clase de derecho, y de paso a cargarse su imagen con ello. Yo mismo ya la tengo en la lista negra y no voy a perder ocasión en recomendar a amigos y contactos profesionales que hagan lo mismo.
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Autocon
#82 por Autocon el 30/10/2022
Y ciertamente en este caso interpretar la ley de modo que defienda el derecho del consumidor no es una cuestión personal de cada cual, es una cuestión jurídica y amparada por todos los sistemas legales. A los estudiantes en la Universidad se les enseña que el espíritu de la ley es tan importante como la letra de la ley. Y se les enseña también el concepto de abuso de ley cuando se comete una conducta que no infringe literalmente la ley pero va contra los principios que la inspiraron. Y estas ideas también son reconocidas por la jurisprudencia. Por lo tanto legalmente hablando aqui la tienda lleva las de perder. Esta cometiendo un abuso de ley de manual.
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Teo Tormo
#83 por Teo Tormo el 30/10/2022
#82 Por una vez estamos de acuerdo en algo.
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Teo Tormo
#84 por Teo Tormo el 30/10/2022
#80 Continuando con mi respuesta para ti, my friend, te "puntualizo" algunas cuestiones al margen de lo de invitar a alguien de la tienda a explicarse:
Max escribió:
"cualquier cosa con software" está supeditada a la ley que permite que el peso de "la duda" sobre si se ha activado el programa o no, recaiga sobre el comprador....ya que es el único que puede hacerlo cuando compra el producto.

Error. La activación de un software no tiene duda alguna, sabes perfectamente (al igual que yo tienes licencias de programas que se activan online o suscripciones a diversos servicios) que cuando se activa un software o un servicio esa activación queda registrada en una base de datos de la compañía desarrolladora. La obligación de la tienda si tiene dudas, es contactar al distribuidor del producto para que este a su vez contacte al desarrollador del software y le indique si fue activado o no, o si posteriormente a la activación fue desactivado, opción disponible en montones de software cuando lo quieres traspasar a otro cliente. Si sigue habiendo alguna duda no pasa nada, porque en caso de duda la ley siempre amparará al consumidor, la duda de si alguien puede haber hecho algo "incorrecto" no es aplicable, lo incorrecto hay que demostrarlo, no dudarlo.

Max escribió:
me gustaría saber si ese software se llegó a registrar....que aunque no lo fuera, sigue amparando la ley al vendedor

No Emilio, la ley no ampara al vendedor. La ley de consumo está pensada para proteger al consumidor, empezando por el hecho de que se llama Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, y en su última actualización de 2021 fue mediante el Real Decreto Ley 1/2021, de 19 de enero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica. Vayamos más allá y analicemos el espíritu de esta ley en su texto inicial:
Alguien escribió:
Más allá de la tradicional alusión a la situación económica de las personas consumidoras a la hora de determinar su situación de vulnerabilidad, se constatan diversas situaciones en las que, agravadas por la actual situación de crisis sanitaria, las circunstancias sociales o personales hacen que se encuentren en una especial situación de subordinación, indefensión o desprotección en sus relaciones de consumo, tal como ha recordado recientemente la Comisión Europea con la publicación de la Comunicación, de 13 de noviembre de 2020, sobre la Nueva Agenda del Consumidor: «Reforzar la resiliencia del consumidor para una recuperación sostenible». Por consiguiente, es necesario que la normativa estatal recoja de forma urgente la previsión de las circunstancias que generan que los derechos de estas personas consumidoras necesiten una protección reforzada.

Como se indica, el espíritu de la ley es la defensa del consumidor, considerado como un sujeto vulnerable, y que dadas la situaciones provocadas por la crisis sanitaria, u otros problemas personales y sociales, puede verse especialmente indefenso. El objetivo de la ley es "reforzar la resiliencia del consumidor", algo muy alejado de que las tiendas hagan interpretaciones torticeras para no hacer devoluciones.
Max escribió:
a pesar de un error reconocido

Quizá lo que ha reconocido es lo que le han hecho creer. Si yo te convenzo de una mentira, tú la asumes como cierta, aunque siga siendo mentira.
Max escribió:
El debate de que no nos gustan las leyes actuales en este sentido

Debate ninguno, a mi me encanta la ley, porque está pensada para defender al consumidor. Para mi el único debate posible es hasta que punto la tienda obra de mala fe.
Max escribió:
sobre todo cuando es una empresa con un volumen de venta "considerable".

Pues hombre, si tanto venden, no entiendo por qué necesitan pegarle tantas vueltas a la devolución de una compra por internet.
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Teo Tormo
#85 por Teo Tormo el 30/10/2022
Vaia vaia... la valoración de Madrid HiFi en Trustpilot está por los suelos, 65% de valoraciones de una estrella:
https://es.trustpilot.com/review/www.madridhifi.com
Curiosamente la segunda opinión que aparece es la de nuestro compañero Hispasónico, (Sergio Brocos), donde comenta que su "error" fue comprar el modelo equivocado de interfaz (no hacer una compra por internet como asume Emilio). Por lo que indica en la valoración les ha cascado una reclamación en la OCU!!!! Con un par, compañero. Espero que la reclamación salga adelante de forma favorable al consumidor.
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Max
#86 por Max el 01/11/2022
Teo Tormo escribió:
Si viene por aquí algún representante de la tienda y da alguna explicación legal de por qué no devuelven algo al cliente, independientemente de que tenga razón o no,

...pues no, el cliente no siempre tiene razón. Con lo que...si la tiene....la tiene....y si no la tiene.....pues también se dice. Que hasta ahora, -repito- sólo hay una versión...pero me gustaría saber "la otra parte"...para hacer un juicio de valor justo, y no echar la culpa per sé a Madrid Hifi por que es la tienda.

Teo Tormo escribió:
La obligación de la tienda si tiene dudas, es contactar al distribuidor del producto para que este a su vez contacte al desarrollador del software y le indique si fue activado o no, o si posteriormente a la activación fue desactivado, opción disponible en montones de software cuando lo quieres traspasar a otro cliente

...pues creo que lo que dices no es así. Independientemente de que un software se registre o no....la tienda no tiene esa "obligación". Por cortesía, en ciertos casos donde el software va precintado....vale, la tienda puede devolverle el dinero. Pero si quiere y aún con el precinto...una vez hecha la venta...sólo podrá cambiar el producto si está dañado y por el mismo software. Es lo que hay....la ley es para todos...para el cliente y para la tienda.


Teo Tormo escribió:
(Sergio Brocos), donde comenta que su "error" fue comprar el modelo equivocado de interfaz (no hacer una compra por internet como asume Emilio). Por lo que indica en la valoración les ha cascado una reclamación en la OCU!!!! Con un par, compañero. Espero que la reclamación salga adelante de forma favorable al consumidor.

...yo no "asumo" nada, eh? Comento "la jugada" como cualquiera de los de aquí (tú incluido).

...pero si ya ha puesto la reclamación en la OCU...cojonudo...estaremos pendientes del proceso...a ver qué ocurre.


Teo Tormo escribió:
Vaia vaia... la valoración de Madrid HiFi en Trustpilot está por los suelos, 65% de valoraciones de una estrella:
https://es.trustpilot.com/review/www.madridhifi.com

...no he visto esa página...pero tendré que pasarme por ella, porque al igual que se pasa gente para dar su valoración (más negativas que positivas suele suceder en las páginas de valoraciones de todas las cosas), yo no he dado la mía....y será "la máxima", porque en mi caso....pues ha sucedido todo lo contrario. Y conozco mucha gente que igual...no han dado valoraciones de ningún tipo en esa página....estando contentos con el servicio de Madrid Hifi.

...vamos, que hay para todos los gustos...aunque siempre se destaca lo malo....sobre lo bueno.
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ET me lo fumo yo. Baneado
#87 por ET me lo fumo yo. el 01/11/2022
Max escribió:
aunque siempre se destaca lo malo....sobre lo bueno.

Pues por eso mismo hay que trabajar más para tener al cliente contento.
De todas maneras en las reseñas de Google están bastante mejor valorados que en Trustpilot. En Trustpilot hay 200 opiniones, mientras que en las reseñas de Google hay 20.069.
Creo que me fiaría más de las reseñas de Google.
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Nel-Ectron
#88 por Nel-Ectron el 02/11/2022
ET me lo fumo yo. escribió:
Creo que me fiaría más de las reseñas de Google.


Diría que las opiniones de Trustpilot se generan a partir de encuestas tras compras realizadas, en cambio las de Google las puede hacer cualquier persona en cualquier momento, sea cliente o no.
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Toño
#89 por Toño el 02/11/2022
Poco creo que importe si las reseñas son mas fiables o menos, el tema es que la valoración global de una empresa de venta por internet se ha visto comprometida. En el tema de internet hay únicamente dos factores fundamentales, el precio y la confianza, y esta última a veces se puede obviar si el precio es muy bueno.

No estamos hablando de la tienda física habitual, donde te atiende una persona y te puede ganar si es amable y eficaz, si sabe explicarte... ese punto extra de la atención personalizada desaparece y todo se convierte en numeritos en una pantalla. y 135€ todo incluido es menos que 125+15 euros de gastos de envío. Punto. Únicamente pondría en la balanza el tema "patriotico". Yo personalmente he usado una página web alemana para ver las especificaciones y comparar con otros productos de algo que me quería comprar y cuando he tenido todo decidido, he buscado el mismo producto en tiendas nacionales, Madrid HIFI, UME, PC Componentes... y entre ellas, he comprado en la más barata, aun siendo algo más cara que la alemana. (gilipollas no soy, si la diferencia es grande, mira... la bandera para los mundiales)

Personalmente, después de esta discusión y alguna más que he leído estos días a raíz de esta, he tachado definitivamente a Madrid Hifi de las opciones. Que si alguna vez tiene un producto un 15% más barato que el resto? pues sí, haré la del mercenario y compraré ahí, pero a igualdad de precios o similares... paso.

Y qué quiero decir con todo esto? pues que el empresario que está detrás de esta política de agarrarse a la ley para hacer lo que le conviene se está equivocando conmigo. Tal vez se haya hecho sus números y le importe un comino... el sabrá. Pero esto no es una tienda física, no tengo ningún interés en cuidar el trabajo de Antonio, Marta, Fidel o Cristina. Tengo un ratón y una pantalla y una tarjeta de banco que me va a pedir una verificación por teléfono móvil. Nada más impersonal, nada más "objetivo". Con la ley en la mano, compro donde me da la gana, y ya os digo que salvo chollo, no en Madrid HIFI.
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ET me lo fumo yo. Baneado
#90 por ET me lo fumo yo. el 02/11/2022
Nel-Ectron escribió:
Diría que las opiniones de Trustpilot se generan a partir de encuestas tras compras realizadas, en cambio las de Google las puede hacer cualquier persona en cualquier momento, sea cliente o no.

Pues resulta que no. Tanto en Trustpilot como en Google cualquiera puede opinar sobre lo que quiera en cualquier momento sea cliente o no. Lo de la encuesta como que no. Te lo digo porque acabo de opinar sobre Madridhifi en Trustpilot sin haber comprado nada ni tener ninguna vinculación con ellos de ningún tipo. Lo mismo pasa en las opiniones de Google.
Por lo general, la gente opina en Google, y al que le ha ido mal, vuelve a opinar en cualquier página que se encuentre por el mero hecho de hacer el máximo daño posible a quien se la ha jugado.
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