Tal y cómo ya he dicho, me voy a mantener al margen de postear en el hilo. Creo que mi postura está clara al respecto.
saludos
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mod
Bitelchus escribió:Soyuz ... no me puedo creer que a estas alturas puedas confundir "copia de seguridad" y "copia privada", por más que muchos intenten que legislativamente sean equivalentes.
Alguien escribió:Artículo 31 (LPI). Reproducciones provisionales y copia privada.
2. No necesita autorización del autor la reproducción, en cualquier soporte, de obras ya divulgadas cuando se lleve a cabo por una persona física para su uso privado a partir de obras a las que haya accedido legalmente y la copia obtenida no sea objeto de una utilización colectiva ni lucrativa, sin perjuicio de la compensación equitativa prevista en el artículo 25, que deberá tener en cuenta si se aplican a tales obras las medidas a las que se refiere el artículo 161. Quedan excluidas de lo dispuesto en este apartado las bases de datos electrónicas y, en aplicación del artículo 99.a, los programas de ordenador.
Soyuz escribió:Undercore, interpretas un poco libremente el concepto de copia privada. La copia privada se refiere a copia del original. Por tanto, eso de...
Alguien escribió:no se necesita autoriazacion del autor para realizar dichas copias ni para su distribucion, siempre y cuando no haya animo de lucro y esa "dsitribucion" sea en el ambito privado
...se refiere a las copias que haces de los originales que ya tienes. Eso es lo que grava el canon; por eso mucha gente cree erróneamente que, al pagar el canon, ya se puede copiar a mansalva. Claro que sí, puedes copiar a mansalva... los originales que poseas.
Alguien escribió:Artículo 31 (LPI). Reproducciones provisionales y copia privada.
2. No necesita autorización del autor la reproducción, en cualquier soporte, de obras ya divulgadas cuando se lleve a cabo por una persona física para su uso privado a partir de obras a las que haya accedido legalmente y la copia obtenida no sea objeto de una utilización colectiva ni lucrativa, sin perjuicio de la compensación equitativa prevista en el artículo 25, que deberá tener en cuenta si se aplican a tales obras las medidas a las que se refiere el artículo 161. Quedan excluidas de lo dispuesto en este apartado las bases de datos electrónicas y, en aplicación del artículo 99.a, los programas de ordenador.
Malve3lxr escribió:Bitelchus, estarás conmigo en que el hecho de que tú copies un CD a 1, 3, 7 ó 14 amigos, dista mucho de ponerlo a disposición de 1.000.000.000 (mil millones) de internautas, lo cual desde mi punto de vista se puede considerar colectivo.
Under tío... si, si yo no dudo que puedas filtrar a quién darle la información, pero los principales servidores (por no decir casi todos) no tienen ningún tipo de filtro cuando abres el Vuze, el Emule y compañía le das a buscar y luego a descargar.
Según el RAE
"Privado: Que se ejecuta a vista de pocos, familiar y domésticamente, sin formalidad ni ceremonia alguna"
"Público: Se dice de la potestad, jurisdicción y autoridad para hacer algo, como contrapuesto a privado"
Usease, poner algo a disposición de 1.000.000.000 (mil millones) de personas está claro que es algo familiar y a vista de pocos... vamos, donde va a parar!
Puede que la ley sea ambigua pero el lenguaje no macho!
Malve3lxr escribió:Alguien escribió:Artículo 31 (LPI). Reproducciones provisionales y copia privada.
2. No necesita autorización del autor la reproducción, en cualquier soporte, de obras ya divulgadas cuando se lleve a cabo por una persona física para su uso privado a partir de obras a las que haya accedido legalmente y la copia obtenida no sea objeto de una utilización colectiva ni lucrativa, sin perjuicio de la compensación equitativa prevista en el artículo 25, que deberá tener en cuenta si se aplican a tales obras las medidas a las que se refiere el artículo 161. Quedan excluidas de lo dispuesto en este apartado las bases de datos electrónicas y, en aplicación del artículo 99.a, los programas de ordenador.
También según el RAE
"Colectivo: Perteneciente o relativo a una agrupación de individuos."
Kalkadora escribió:El video que han facilitado http://video.google.com/videoplay?docid ... 9062999701
Lo he visto entero y es tremendamente increible, dice verdades como puños.
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