mider escribió:
toniterrassa escribió:
Vaya sandez acabas de soltar: "Delitos Informáticos" de la Guardia Civil no son precisamente unos amateurs.
Conocen las descargas legales e ilegales, persiguen la pederastia por la Red y muchos otros delitos, hasta contra la propiedad intelectual fíjate.
Tienes razón, la división de "Delitos informáticos" de la Guardia Civil, no es precisamente la típica (tópico) de tricornio y bigote con gafas de sol, que nos recuerdan a otras épocas, del señor Paco. Pero si que necesitan mejorar mucho, ya que han demostrado una clara ineficacia. Además, de que seguramente, los agentes que van a hacer las redadas, son agentes que gestionan otro tipo de situaciones (lease, patrullar, controles de alcoholemia...) por lo que el dominio en este tema, sea mínimo.
La Guardia Civil, necesita mejorar muchos aspectos, antes que los delitos musicales, por lo que no creo que mejores mucho, de momento.
Hay otro problema, en las redadas musicales y es que "se está interrumpiendo" y nunca se puede hacer eso. Además, tenemos el agravante, de que a lo mejor al dj que van a intervenir, termina sesión aquí y se marcha a otro lado. Están interfiriendo en el trabajo de la gente ¿No se dan cuenta?
¿Otras epocas del señor paco? pero si hoy "disfrutamos" de un estado policial sin libertades donde puedes acabar en el calabozo y en la carcel simplemente por que le da la gana a otra persona saltandose la ley y el derecho a la presuncion de inocencia, y no me refiero a que te lleven para adentro por ser Dj y que te pillen unos cds en esos controles ridiculos y fascistas que hacen todos los fines de semana.
IMPORTANTE POR SI SUFRES UNA REDADA POLICIAL ILEGAL
-Si estas en tu local en plena sesión, y te asalta la policía entrando a saco como elefantes en la cacharrería debes de tener en cuenta que ES ILEGAL,
1- para que sea legal debe existir una denuncia previa,
2- En Dicha denuncia debe figurar el nombre y apellidos de la persona que interpone la denuncia
3- El DJ debe exigir y tiene el derecho a ser informado de dicho dato, la persona que interpone.
4- La policía no puede efectuar un registro sin UNA ORDEN DE REGISTRO, dicha orden es el único documento acreditativo que les autoriza a entrar en el local y proceder, debe ser ordenada por un juez para preservar el derecho a la intimidad de la persona.
5- La policía no puede efectuar dicho registro si no esta presente el SECRETARIO JUDICIAL para dar fe y levantar acta de todo el proceso, sin secretario judicial el registro es ILEGAL, tan ilegal como esas mediciones de decibelios tan cutres y ridículas que te vienen a hacer la policía local, si no la hace un ingeniero de sonido cualificado contratado por el ayuntamiento, ES ILEGAL, y dicho ingeniero tiene carácter de agente de la autoridad, pero el policía NO ES NADIE PARA HACER UNA MEDICION DE SONIDO a pesar de que es un agente de la autoridad, si te meten una denuncia por exceso de decibelios firmada por un policía LA PUEDES RECURRIR por que es ILEGAL.
6- Puedes y debes exigir una copia de la orden de registro y del acta levantada, pero siempre, repito: siempre que dicho registro sea de carácter legal y se encuentre presente el SECRETARIO JUDICIAL, repito que sin secretario el registro es NULO, pero no te puedes oponer a el por que seria obstrucción;
7-Puedes denunciar a quien te ha denunciado y exigir daños y perjuicios por varios motivos que dependerán en total de la acción en particular, es decir, según las burradas que te monte la policía, para cuantificarlas hay que recurrir a un abogado pues el sacara muchos mas motivos puesto que se conoce la ley, pero como mínimo será por: interrupción de actividad laboral, tu sesión con repercusión económica y costes, daño de imagen, llegar tarde o perder tu próximo set, etc. etc. Y el dueño del local también puede denunciar un montón de cosas.
8- No te puede exigir facturas de nada, no hay ley al respecto.
9- Ninguna ley te impide el uso de copias de seguridad para el ejercicio de tu actividad.
10-Que no te engañen con el cuento de que no tienes licencia para poner tus temas en tu local, La licencia para la difusión publica de obras gestionadas por entidades privadas de gestión, corre a cargo y es responsabilidad del empresario, la SGAE ya se la cobran bien cobrada.
Salu2