En cualquier sistema legal avanzado, como el nuestro (mmmpfff...) el sólo hecho de componer una obra de arte te da el copyright sobre el mismo, aunque no lo hagas legalmente explícito.
Las licencias Creative Commons lo que pretenden es dar un soporte legal a todo aquel autor que pretenda renunciar a parte de ese copyright. Por ejemplo, es posible permitir la copia, es posible permitir la modificación, y es posible permitir ambas cosas incluso obteniendo un beneficio económico que no alcance al autor.
En su modalidad más "extrema" (CC-by) el autor únicamente reclama que su nombre aparezca junto a cualquier uso o modificación de su obra.
Teóricamente, un autor que licencia sus obras con una licencia CC permitiendo su reproducción y modificación, implícitamente está renunciando a cualesquiera "derechos de autor", invalidando la posibilidad de que cualquier entidad de gestión (dadme una S, dadme una G, dadme una A...) consiga ingresos gracias a los mismos.
Esta posibilidad está aún lejos de estar asentada legalmente.
Veamos si rapidamente te puedo explicar, Creative commons es una empresa NO gestora (como la SGAE) de derechos de autor sino una empresa que da licencias de derechos de autor pero que no son cerradas como el copyright, usease el copyright dice que nadie puede manipular, distribuir, vender o copiar una obra sin el consentimiento del autor o del dueño de esos derechos (discograficas, managers etc) y en Creative Commons tu puedes elegir que tipo de derechos quieres que sean libres o cerrados. Ejemplo:
Yo me curro una canción cojonuda (esto es ficción) pero quiero que se distribuya por internete libremente a todos los que quieran escucharla, pero no quiero que nadie gane dinero a costa de mi canción que no sea yo o conmigo, así que me hago una licencia de Creative Commons en la cual especifico que tiene libre difusión via internet pero la comercialización está vetada como en el copyright, la peña puede hacerse copias pero no puede venderlas al menos que te pidan permiso.
No se si te lo he aclarado, tu elijes que derechos cedes, sin ser global como el copyright. Lo que no hacen es recaudar dinero por que usen tu obra como la SGAE, solo dan licencias de autor
Algo bueno k incluye el CC y no se ha nombrado es la ausencia total de intermediarios, es decir, si yo kiero hace runa version de un tema de la "Sakira" tendria k ponerme en contacto con sus abogados, manager, discografica y la propia "sakira" y puede k con tanto intermediario co ganas d sacar pasta el precio se uede disparar...sin embargo con CC solo tendria k hablar con el autor ya k no hay intermediarios y se podria llegar a un acuerdo economico o de otro tipo, lo cual agiliza las cosas.
El año pasado estuve en una disertación que dio uno del grupo de creative commons (no recuerdo el nombre), y todo daba a entender que era mas que nada inclinado hacia la computación, algo asi como lo que es linux.-
mod
Uy... land of confussion... por partes:
- El autor, con el solo hecho de la creación, tiene la propiedad intelectual de la obra. No exactamente el "copyright", aunque vale para entendernos. Lo del copyright se refiere a derechos de explotación y va después, digamos.
- Creative Commons no es una "empresa que da licencias". Es una organización sin ánimo de lucro que ha redactado una serie de licencias menos restrictivas que el copyright, y que ofrece libremente para quien quiera utilizarlas. No hay vínculo alguno a Creative Commons por usarlas.
- Creative Commons no está orientado a la computación; al contrario, el proyecto está específicamente dirigido a creadores y artistas, aunque haya nacido del ambiente informático, influenciado por el GNU.
A ver si me he enterado bien:
si licencias tu música en CC eso da derecho a que cualquier desconocido coja un tema tuyo y lo modifique a su voluntad? O_O
mod
Sí, si ese es el contenido que das a la licencia, que evidentemente, es voluntaria. Hay varias licencias CC, unas más restrictivas que otras.
quitando ciertas "sombras inciertas", no pinta mal la cosa, será cuestión de estudiarse bien las "cláusulas" ....