BAC escribió:
Creo que una librería de samples al igual que un CD de música son obras protegidas por copyright y derechos de autor. Por tanto se aplicarán las mismas leyes para decidir si se están vulnerando estos derechos.
En principio la Ley de propiedad intelectual cita que estos no se vulneran si no existe ánimo de lucro, por lo que alguien que hace música para si mismo y que no obtiene dinero por ello quedaría libre, no?
Esta persona sería libre de bajar todas las librerías que quisiera del emule.
No es el mismo caso, porque las
licencias con las que se distribuyen las librerías de samples y las obras musicales no tienen mucho que ver. La naturaleza de ambas cosas también es distinta, ya que las librerías de samples no son obras en sí mismas, ni están dirigidas a su mera difusión. Son elementos para crear otras obras.
La mayoría de las librerías de samples ni siquiera pueden intercambiarse amistosamente; están ceñidas al único uso del comprador en sus propias obras, y no todas están libres de royalties (o sea que por usar una librería de samples comprada por tí, podrías tener que pagar royalties al autor). Echad un vistazo a las licencias de las librerías de samples y lo veréis.
En cuanto al
software; artículo 270.3 del Código Penal:
"Será
castigado también con la misma pena quien fabrique, importe, ponga en circulación o
tenga cualquier
medio específicamente destinado a facilitar la
supresión no autorizada o la neutralización de cualquier
dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de ordenador o cualquiera de las otras obras [...]"
Ese "medio", referido al software, es un crack o cualquier otro medio para saltarse una protección, como números de serie y demás. El artículo es claro y no habla de lucro o perjuicio de tercero: habla de simple posesión ("tenga").
Más allá de las leyes, cualquiera sabrá reconocer que no se puede crackear y utilizar un software sin pagar. No es lícito. Otra cosa es que se haga en plan furtivo. Pero lo que no se puede hacer, encima, es darle licitud y justificación a las prácticas furtivas. Otra cosa es compartir música; ahí la discusión es más amplia.